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TITULO:   Obras de Arte - Monumentos
ORDENANZA Nº 32378: Establece que el emplazamiento de obras de arte y monumentos en espacios públicos, estará regulado por la presente ordenanza y las reglamentaciones que pudieran dictarse en su consecuencia y en relación con su ubicación, estarán comprendidos en los alcances de la misma, todos los espacios públicos registrados bajo el dominio municipal, provincial, nacional ó binacional, que se encuentren ubicados dentro del Ejido de la Ciudad de Concordia en carácter de, o denominados como: plazas, parques, paseos, avenidas, calles, plazoletas, jardines, muros, paredes, patios y espacios aéreos, que correspondan a edificios públicos, a los que agregarán los correspondientes a espacios, propiedades, superficies y/o construcciones que hayan sido declaradas de interés visual ó patrimonial para la ciudad. En los alcances de la presente se incluyen especialmente los espacios libres exteriores de los edificios y espacios destinados a museos, exposiciones y otros.- (1) (1) El texto completo de la ordenanza 32378 obra en tomo III, título Patrimonio Cultural
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