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TITULO:   Convenio entre la Municipalidad y la Asociación de Bomberos Voluntarios
DECRETO Nº 325 FECHA: 01.03.2024 PUBLICADO: 04.03.24 ARTICULO 1°.- Téngase presente, el Convenio suscripto el día 01 de Marzo de 2.024, entre la Municipalidad de Concordia, representada por el Sr. Presidente Municipal Dr. FRANCISCO AZCUE, DNI N-0 32.795.414 asistido por el Secretario de Gobierno y Hacienda, Dr. DELL'OLlO LUCIANO DNI 35.557.849, en adelante "LA MUNICIPALIDAD" por una parte y por la otra, la Asociación de Bomberos Voluntarios de la ciudad de Concordia, con domicilio en calle Hipólito Irigoyen N° 1588 de esta ciudad, representada en este acto por su Presidente Don Oscar Alberto Arce, DNI N° 12.126.450, que consta de Cinco (5) cláusulas y cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto como Anexo I. ARTICULO 2°.- Facultase a la Subsecretaría da de Hacienda a instrumentar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en Convenio. CONVENIO MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA CIUDAD DE CONCORDIA.- En LA CIUDAD DE Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los días del mes de Marzo del año dos mil veinticuatro, entre la Municipalidad de la ciudad de Concordia representada por su Presidente Municipal Dr. FRANCISCO AZCUE asistido en este acto por el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda Dr. LUCIANO DELL OLIO, constituyendo domicilio a los efectos legales en calle Bartolomé Mitre Nº 76, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra la Asociación de Bomberos Voluntarios de la ciudad de Concordia, Entidad Civil con personería Jurídica Nº 371 otorgada mediante Resolución Nº 032, del día 17 de marzo de 1992, representada por su Presidente Don OSCAR ALBERTO ARCE, D.N.I. Nº 12.126.450, con domicilio en calle Hipólito Irigoyen Nº 1588 de esta ciudad en adelante LA ASOCIACION se conviene en celebrar el presente Convenio sujeto a las siguientes clausulas y condiciones: PRIMERO. La MUNICIPALIDAD realizará un aporte mensual equivalente a CINCO (5) sueldos categoría 24 del Escalafón Municipal vigente en el momento de la liquidación, durante el año 2024. Todos los aportes realizados por este Municipio son a cargo de oportuna rendición por parte de la Asociación.- SEGUNDO. El plazo de duración del presente se acuerda por el término de OCHO MESES (8) a partir del 1º de Marzo.de 2024, venciendo consecuencia el día 31 de octubre de 2024.- TERCERO. Los aportes acordados tendrán como destino final atender los gastos de combustibles y demás erogaciones emergentes e inherentes al funcionamiento de la ASOCIACION y también aquellas ocasionadas por la actividad desarrollada en beneficio de la comunidad.- CUARTO. La ASOCIACION en carácter invocado asume las siguientes obligaciones: a) Destinar los aportes que reciba de la Municipalidad de Concordia a los fines establecidos en la clausula tercera del presente.- b) Facilitar las instalaciones en los casos que lo requiera LA MUNICIPALIDAD por situaciones de emergencia por cualquier contingencia que así lo amerite.- QUINTO. Para cualquier controversia emergente del presente convenio las partes se someten a la justicia ordinaria de la ciudad de Concordia, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponder, constituyendo domicilio a todos los efectos legales, administrativos y operativos en los enunciados ut - supra.-
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