Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Plazos para Remisión de Adicionales y Renovaciones de Contratos
DECRETO Nº 340 FECHA: 04.03.2024 PUBLICACIÓN: 6.3.2024 ARTICULO 1°.- Establécese que las distintas Secretarias y el Concejo Deliberante beberán arbitrar los medios necesarios para remitir a la Dirección de Liquidación de Haberes los adicionales variables y las renovaciones de Contratos con y sin aportes, de acuerdo al siguiente plazo: • Adicionales variables: Antes del 20 de cada mes. • Renovación de Contratos con y sin aportes: Antes del 15 del mes siguiente al vencimiento del Contrato. ARTICULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Recursos Humanos remita a la Dirección de Liquidación de Haberes, antes del día 20 de cada mes, la información de los empleados a descontar días y presentismo, accidentados, enfermos crónicos y prolongados del mes. ARTICULO 3°.- Establécese que los plazos estipulados en los Artículos 1° y 2° corresponden a meses normales sin feriados. Para el caso que en el mes hubieran feriados y/o situaciones circunstanciales como paros Bancarios, los plazos se adelantarán la cantidad de días en relación a la situación del mes en curso. ARTICULO 4°.- Facultas a la Dirección de Liquidaciones de Haberes, a no recibir ninguna documentación que se encuentre fuera del plazo establecido en los Artículos 1° y 2° del presente Decreto, como también a no recibir Expedientes de pagos sobre las liquidaciones fuera de este plazo. ARTICULO 5°.- Cada Secretaria, el Concejo Deliberante y la Dirección de Recursos Humanos, son responsables, del cumplimiento efectivo de lo dispuesto en el presente Decreto. ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, tomen conocimiento las Secretaria del Departamento Ejecutivo, el Concejo Deliberante, la Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Liquidación de Haberes y oportunamente, archívese.
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar