Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Convenio ente la Municipalidad de Concordia y el Ministerio de Seguridad de la Nación
DECRETO Nº 170 FECHA: 01.02.2024 PUBLICADO: 02.02.24 ARTICULO 1º.- Ratifiquese en todos sus términos, el Convenio marco de adhesión al PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA Y COLABORACION EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA celebrado entre la Municipalidad de Concordia representada por su Presidente Municipal Dr. Francisco Azcué, y por la otra el Ministerio de Seguridad de la Nación representado en este acto por su titular la Dra. Patricia Bullrich.- ARTICULO 2º.- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.- CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN AL "PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA Y COLABORACIÓN EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA" ENTRE EL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN Y EL MUNICIPIO DE CONCORDIA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS. Entre el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, en adelante "EL MINISTERIO", representado en este acto por su titular, Dra. Patricia BULLRICH, con domicilio en la Avenida. General Gelly y Obes 2289 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y el MUNICIPIO DE CONCORDIA, Provincia de ENTRE Ríos, en adelante "EL MUNICIPIO", representado en este acto por el Intendente, Sr. Francisco AZCUÉ, con domicilio legal en la calle Mitre 76 de la localidad de CONCORDIA, Provincia de ENTRE RIOS, conjuntamente denominadas "LAS PARTES", acuerdan suscribir el presente Convenio. Marco de Adhesión al "PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA Y COLABORACIÓN EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA" sujeto a las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: "EL MUNICIPIO" adhiere al PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA Y COLABORACIÓN EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA. CLÁUSULA SEGUNDA: "EL MUNICIPIO" se compromete, en el marco del Programa Nacional, en el caso de sufrir una emergencia decretada como tal o debidamente justificada, a remitir la solicitud de ayuda económica, planes de acción e informes al MINISTERIO a fin de que este último analice, y de proceder, confeccione el Acto Administrativo de transferencia de fondos en concepto de aporte no reintegrable del Fondo de Emergencia para contribuir a la reparación de los daños producidos. CLÁUSULA TERCERA: "EL MUNICIPIO" se compromete, a través del Acto Administrativo de transferencia de fondos, a destinar los recursos necesarios a fin de hacer efectivo el requerimiento presentado. CLÁUSULA CUARTA: "EL MUNICIPIO" se compromete a cumplir con todos los requisitos exigidos por "EL MINISTERIO" y con el "REGLAMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA Y COLABORACIÓN EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA". CLÁUSULA QUINTA: En caso de que eventualmente pudieran surgir controversias entre las partes, éstas se comprometen a solucionar el diferendo mediante mecanismos amistosos tendientes a recomponer sus relaciones bilaterales. Caso contrario tendrán competencia pararesolver el conflicto los tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal. CLÁUSULA SEXTA: Las partes podrán, en cualquier momento, rescindir unilateralmente el presente Convenio Marco, excepto que haya recibido fondos que no se encuentren totalmente rendidos, debiendo contar con la aprobación del cierre de la rendición por Acto Resolutivo. La rescisión del presente podrá efectuarse sin Invocación de causa alguna, debiendo notificar de forma fehaciente a la otra parte acerca de su decisión con un preaviso no Inferior a TREINTA (30) días.
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar