DECRETO Nº 1817
FECHA: 20.12.2023
PUBLICADO: 26.12.2023
ARTICULO 1°.- Dispónese que los aportes al Partido Justicialista que son deducidos de los haberes de los Agentes Municipales, se realizará en forma voluntaria por cada trabajador y/o funcionario mediante su manifestación expresa por nota escrita presentada ante la Dirección de Liquidación de Haberes.
ARTICULO 2°.- Facultase a la Dirección de Liquidación de haberes dependiente de la Subsecretaría de Hacienda - Secretaría de Gobierno y Hacienda a instrumentar las medidas administrativas pertinentes, para el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos precedentes.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, tome intervención la Dirección Liquidaciones y Haberes para su implementación, la Contaduría y la Tesorería Municipal, y oportunamente, archívese.