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TITULO:   Aportes al Partido Justicialista
DECRETO Nº 1817 FECHA: 20.12.2023 PUBLICADO: 26.12.2023 ARTICULO 1°.- Dispónese que los aportes al Partido Justicialista que son deducidos de los haberes de los Agentes Municipales, se realizará en forma voluntaria por cada trabajador y/o funcionario mediante su manifestación expresa por nota escrita presentada ante la Dirección de Liquidación de Haberes. ARTICULO 2°.- Facultase a la Dirección de Liquidación de haberes dependiente de la Subsecretaría de Hacienda - Secretaría de Gobierno y Hacienda a instrumentar las medidas administrativas pertinentes, para el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos precedentes. ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, tome intervención la Dirección Liquidaciones y Haberes para su implementación, la Contaduría y la Tesorería Municipal, y oportunamente, archívese.
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