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TITULO:   Adicional Convenio Seguridad
DECRETO Nº 1593 FECHA: 21.11.2023 PUBLICADO: 22.11.2023 ARTICULO 1°.- Incluir y abonar a los Agentes Municipales que se detallan en el ANEXO I, el Convenio correspondiente al Área de Seguridad y Vigilancia de Edificios y Bienes Municipales, debiendo abonarse los adicionales identificados bajo los Códigos 839 (CONVENIO DE SEGURIDAD) 840 (JORNALES), según corresponda mientras cumplan las funciones de tareas de Seguridad. Déjese establecido que lo dispuesto en el preste Decreto, se efectué a partir del 01 DE OCTUBRE DE 2.023.-(=) ARTICULO 2°.- Establecer que en el caso de dejar de prestar las tareas y funciones, del agente de la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal Dependiente de la Secretaria de Gobierno y Hacienda como Seguridad en esta repartición, quedarán sin efecto automáticamente, lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto.- ARTICULO 3°.- Remitir a la Dirección de Liquidaciones dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda a los fines de tomar conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado dar conocimiento a la Dirección de Prevención y Seguridad Municipal y oportunamente reservar como antecedente en los legajos personales de los citados agentes contratados con aportes.- ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.- (=) Modificado por Decreto Nº 1634-2023
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