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TITULO:   Ampliacion Organica Secretaria de Gobierno y Hacienda
DECRETO Nº 1159 FECHA: 28.08.2023 PUBLICADO: 28.08.2023 ARTICULO 1°.- Amplíase la Estructura Orgánica de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, creada por Decreto N° 1399/2022 de fecha 14 de Noviembre del año 2022, en base a lo expresado en el considerando precedente y, en consecuencia, créanse las siguientes Áreas dependientes de la Dirección de Liquidación de Haberes: DEPARTAMENTO LOGISTICA y ARCHIVO: Tendrá a su cargo los trabajos de carga en el digesto de Liquidaciones y digitalización de las normativas y todos los actos administrativos existentes en la Dirección. La gestión de medios necesarios que permitan optimizar las tareas para la organización y reestructuración del archivo físico la planificación y búsqueda permanente de mejores controles en las liquidaciones de haberes la colaboración a las distintas Secretarías en lo relativo los actos administrativos para la liquidación de sueldo y normativas relacionadas con las tareas que se realizan, como así también simulación de sueldos respecto a los incrementos de adicionales solicitados por distintas áreas la elaboración de Decretos y Resoluciones requeridas por el Secretario de Gobierno y Hacienda y el Presidente Municipal y el asesoramiento a la Directora en los procedimientos administrativos. Tendrá Nivel 1 y se relacionará con la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Liquidación de Haberes. ÁREA DE ASIGNACIONES FAMILIARES: Tendrá a su cargo la recepción, liquidación, control y resguardo de la documentación relativa a las asignaciones familiares, certificados de escolaridad y antecedentes de ayuda escolar. Tendrá. Nivel 1 y se relacionará con la Subsecretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Liquidación de Haberes. ARTIIULO 2.- Desígnase Jefa de Departamento de Logística y Archivo a la agente municipal LAUREL, Patricia Ofelia, legajo N° 2002 en virtud de lo expresado en el considerando precedente. ARTICULO 3.- Desígnase Jefa del Área Asignaciones Familiares a la agente municipal MOREYRA, Karina Alejandra legajo N° 3092 en virtud de lo expresado en el considerando precedente. ARTICULO 4.- Establécese que las agentes mencionadas en los Artículos 2° y 3° del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades que les compete el cargo designado, estarán disponibles para cualquier tarea que le sea encomendada por la Directora de Liquidación de Haberes y a la colaboración permanente con las tareas que realizan los demás empleados de dicha Dirección. ARTICULO 5.- Dispónese que lo establecido en el presente Decreto tendrá vigencia a partir del 1 de agosto del presente año. ARTICULO 6.- Comuníquese, publíquese, tome intervención la Dirección de Liquidaciones de Haberes, y oportunamente archívese.-
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