ORDENANZA Nº 38065
SANCIONADA: 27.08.2023
PROMULGADO: 07.08.2023
PUBLICADO: 08.08.2023
ARTICULO 1°.- Deróguese el Artículo 6° de la Ordenanza N° 38.013.
ARTICULO 2°.- Apruébese la ampliación al Presupuesto General de la Administración Municipal conforme se dispone en los artículos siguientes.
ARTICULO 3°.- Amplíase en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES ($ 54.000.000) el Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2023 con destino a las finalidades que se indican en el Cuadro 2 que se anexa y que pasa formar parte de la presente ordenanza.
ARTICULO 4°.- Amplíase en la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES ($ 54.000.000) el Cálculo de Recursos de la Administración Municipal, destinados a atender los gastos fijados por los Artículos 2° y 3° de la presente Ordenanza, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en el Cuadro Anexo que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
RECURSOS CORRIENTES $ 54.000.000. -
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.