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TITULO:   Propaganda Comercial - Balnearios
RESOLUCION Nº 15821 SANCIONADA: 30.10.1964 PRROMULGADA: 11.11.1964 ARTICULO 1º.- Queda terminantemente prohibido en el Balneario Municipal y Playa Los Sauces, hacer propaganda comercial por medio de altavoces.- ARTICULO 2º.- Los kioscos u otros negocios que se instalen, podrán irradiar programas musicales, sin propaganda comercial en el ámbito que les sea asignado, con el volumen que establece la ordenanza Nº 9430 (Ruidos Molestos).-
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