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TITULO:   Residuos : Cajones - Tachos
ORDENANZA N° 17324 SANCIONADA Y PROMULGADA: 24.11.1970 ARTICULO 1°.- Prohíbase el uso de cajones, tachos o cualquier otro tipo de recipiente que no sean los indicados en esta ordenanza, para el depósito de residuos domiciliarios que deben ser recolectados por los servicios Municipales de limpieza, dentro del radio comprendido entre las calles: Hipólito Yrigoyen desde San Lorenzo hasta Estrada, por este hasta San Juan, por esta hasta Alberdi, por esta hasta P. del Castillo, por esta hasta Avenida Robinsón, por esta hasta Paraná, por esta hasta Hipólito Irigoyen, por esta hasta Scattini, por esta hasta Sarmiento, por esta hasta Castelli, por esta hasta 25 de Mayo, por esta hasta Alem, por esta hasta Alvear, por esta hasta Bernardo de Irigoyen, por esta hasta Concejal Veiga, por esta hasta Vélez Sarfield, por esta hasta Brown, por esta hasta Las Heras, por esta hasta Sarmiento, por esta hasta Boulevard San Lorenzo y por esta hasta Hipólito Yrigoyen.- ARTICULO 2°.- Dispónese que a partir de la promulgación de la presente ordenanza los residuos domiciliarios que se depositen en la vía pública, en el sector delimitado en el artículo 1°, para ser recolectados por los servicios Municipales de limpieza, solo podrán hacerse en envases de medidas, calidad, colores y tipo que fije la reglamentación de la presente ordenanza.- ARTICULO 3°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal para tomar intervención en la comercialización de los envases a fin de asegurar calidad y precio razonables, como así también a ampliar y modificar el radio precedentemente, y a establecer las acciones a aplicar por la violación de las disposiciones de la presente ordenanza.-
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