ORDENANZA N° 18972
SANCIONADA Y PROMULGADA: 01.09.1976
ARTICULO 1°.- Prohíbese la extracción de arena del Arroyo Yuquerí Grande en los siguientes sectores:
1. Sectores del Puente Alvear.
a) Cuatrocientos (400) metros aguas arriba del Puente Alvear.
b) Quinientos (500) metros aguas abajo del mismo puente.
2. Sectores de Cambá Paso:
a) Quinientos (500) metros aguas arriba del Badin de Cambá Paso.
b) Quinientos (500) metros aguas abajo del mismo Badin.-
ARTICULO 2°.- Establécese que únicamente la Municipalidad, en el periodo comprendido entre el 15 de marzo al 15 de octubre de cada año, podrá extraer arena de estos sectores.-