Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Excepciones: Area Protegida - Defensa Sur
ORDENANZA N° 32253 SANCIONADA: 19.09.2002 PROMULGADA: 18.10.2002 PUBLICADA: 11.11.2002 ARTICULO 1°.- Exceptúese al Área Protegida por la Defensa Sur contra inundaciones -Etapas I y II, del alcance de la ordenanza n° 24447.- (1) ARTICULO 2°.- Deróganse las ordenanzas n° 30890 y n° 31100.- ARTICULO 3° Déjase sin efecto el artículo 3° de la ordenanza n° 30889.- ARTICULO 4°.- (2) ARTICULO 5°.-(2) ARTICULO 6°.- (2) ARTICULO 7°.- (2) ARTICULO 8°.- (2) ARTICULO 9°.- (2) ARTICULO 10°.- (2) ARTICULO 11°.- (2) ARTICULO 12°.- (2) ARTICULO 13°.- (2) ARTICULO 14°.- (2) ARTICULO 15°.- Adviértase a los ciudadanos que habiten dentro del Área Protegida por la Defensa Sur, que según lo graficado en los planos adjuntos n° II Distritos y Plano II b Distrito PDS -Zonificación y en caso de riesgo de inundación de la misma por causas excepcionales, deberán respetar las indicaciones u órdenes que imparta la autoridad designada, responsable develar por la seguridad de las vidas y bienes de dicha área. De no respetar lo indicado, será causal de sanción, llegando inclusive a la obligación de erradicación definitiva del área.- (3) ARTICULO 16°.- (2) ARTICULO 17°.- (2) ARTICULO 18°.- (2) ARTICULO 19°.- (2) ARTICULO 20°.- (2) ARTICULO 21°.- (2) (1) Esta ordenanza establece las zonas inundables de la ciudad de Concordia. (2) Los artículos que no se transcriben modifican el anterior Código de Ordenamiento Urbano de la ciudad de Concordia. (3) Por cuestiones estrictamente técnicas no se agregan los planos adjuntos, los que pueden ser consultados en el original de la norma
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar