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TITULO:   Régimen Especial: Servicio de Agua y Cloaca
ORDENANZA N° 27154 SANCIONADA: 05.05.1994 PROMULGADA: 19.05.1994 PUBLICADA: 19.05.1994 ARTICULO 1°.- Establece un régimen especial para obtener los servicios de agua y/o cloaca mediante conexiones externas a las redes distribuidoras de agua y/o colectoras cloacales para aquellos vecinos frentistas que colaboren con la provisión de materiales para llevar a cabo la instalación de dichas redes, y que se basará en los siguientes puntos: a) Los vecinos que se conecten a las redes de agua y/o cloaca, frentistas a obras de ampliación o servicios independientes ejecutados con el sistema de ejecución de obras por esfuerzos compartidos, no abonarán ningún tipo de derechos ni sellados para obtener cualquiera de los servicios mencionados. b) La tramitación para estos casos a presentar previamente por los interesados se remitirá a lo mínimo e indispensable para llevar a cabo la instalación del servicio solicitado, las que se deberán realizar ante el E.D.O.S. previo al comienzo de los trabajos de instalación de cualquiera de los servicios. c) Gozarán de esta franquicia solo aquellos vecinos que se conecten a las redes correspondientes dentro de los seis (6) meses habilitada al servicio frente a sus domicilios. d) Gozarán del beneficio establecido en la presente ordenanza, todas aquellas viviendas que se hubiesen conectado al servicio, bajo el régimen de esfuerzos compartidos, con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza.
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