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TITULO:   Reglamento Uso: Camión desobstructor - Aspirador Hidroneumático Autopropulsado
DECRETO N° 1332/2005 FECHA: 25.10.2005 PUBLICADO: 03.11.2005 ARTICULO 1°.- Disponer aprobar el reglamento de uso del camión desobstructor y aspirador hidroneumático autopropulsado, conforme al convenio de comodato celebrado entre la Municipalidad de Concordia y la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande (C.A.F.E.S.G.) y asignado mediante decreto n° 746/2005 al Ente Autárquico de Obras Sanitarias Municipal, cuyo texto obra como anexo I y forma parte integrante del presente decreto. ARTICULO 2°.- Remitir nota con copia de estilo, del presente decreto al Ente Autárquico de Obras Sanitarias Municipal para su conocimiento, toma de razón y cumplimiento. ANEXO I REGLAMENTO DE USO DEL CAMION DESOBSTRUCTOR Y ASPIRADOR HIDRONEUMATICO AUTOPROPULSADO (en adelante la unidad) PRIMERO: El organismo solicitante deberá disponer de una cuadrilla y de personal idóneo para que indique y asista al chofer operador de la unidad sobre los lugares donde la localidad necesita que se realice la limpieza y desobstrucción de colectores cloacales. SEGUNDO: El organismo solicitante del servicio deberá garantizar la provisión de agua adecuada (libre de partículas suspendidas, arena, etcétera), en un radio no mayor a los quinientos metros del lugar de trabajo. TERCERO: Si esto no fuera posible, el tiempo operativo perdido por cada carga será facturado como una hora de trabajo de acuerdo a lo establecido en anexo II, adjunto al presente. CUARTO: En caso de que la unidad deba pernoctar fuera de la Ciudad de Concordia, el Gobierno o Institución solicitante, deberá garantizar un espacio físico, con la seguridad adecuada durante la estadía del mismo. QUINTO: El organismo solicitante será responsable de elegir e indicar el lugar adecuado para el vertido de los efluentes cloacales, productos de los trabajos de limpieza y desobstrucción. SEXTO: El Ente Autárquico de Obras Sanitarias, confeccionará un parte de trabajo diario, que será conformado por el responsable designado por el Ejecutivo del Gobierno Local, solicitante del servicio. Con este parte diario se procederá a facturar el servicio prestado, de acuerdo a la forma convenida entre las partes en función de tabla de costos que se indican en el anexo II. SEPTIMO: Forma de pago. El solicitante del servicio se compromete a cancelar el cien por ciento (100%) de la factura dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, de recepcionada la misma. ANEXO II Costo final por hora trabajada Opción A $ Opción B $ Opción C $ Día perdido $ $92,62 $54,96 $39,91 $37,25 Alquileres Mínimos Hs Fuera Dto. Cdia 8 $ 740,97 $ 439,72 $ 395,75 $ 319,27 Costo día perdido fuera dto. Cdia $ 666,87 $ 287,34 Gasto de traslado/Km. $ 1,05 OPCION "A" EL VALOR CONSIGNADO ES CONSIDERANDO QUE EL EDOS SE HACE CARGO DEL SUMINISTRO DEL 100 % DEL COMBUSTIBLE NECESARIO Y DEL PAGO DE LOS VIATICOS DEL PERSONAL ENCARGADO DE LA OPERACION DE LA UNIDAD. OPCION "B" EL VALOR CONSIGNADO ES CONSIDERANDO QUE EL SOLICITANTE DEL SERVICIO SE HACE CARGO DEL SUMINISTRO DEL 100% DEL COMBUSTIBLE NECESARIO. OPCION "C" EL VALOR CONSIGADO ES CONSIDERANDO QUE EL SOLICITANTE DEL SERVICIO SE HACE CARGO DEL SUMINISTRO DEL 100 % DEL COMBUSTIBLE NECESARIO Y DEL PAGO DE LOS VIATICOS DEL PERSONAL ENCARGADO DEL VEHICULO.

Listado de Anexos

ANEXO II.PDF

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