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TITULO:   Aprobacion Convenio Asoc. Mutual Deportiva Concordiense ( AMUDECO) y Municipalidad de Concordia
RESOLUCION Nº 37892 SANCIONADA: 27.04.2023 PROMULGADA: 08.05.2023 PUBLICADA: 15.05.2023 ARTÍCULO 1°.- Aprobar en todos sus términos el Convenio entre la Municipalidad de Concordia y Asociación Mutual Deportiva Concordiense (AMUDECO). ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. CONVENIO ENTRE MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y ASOCIACION MUTUAL DEPORTISTA CONCORDIENSE (AMUDECO) En la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, a los días del mes de marzo del dos mil veintitrés, entre la Municipalidad de Concordia, CUIT N° 30-99901172-8, representada en este acto por el Presidente Municipal, Dr. Enrique Tomás Cresto, domiciliada en Mitre N° 76, y por el otro, Asociación Mutual Deportista Concordiense (AMUDECO), Resolución INAES 1764/2008, representada en este acto por Dn. Rubén Zubillaga en el carácter de Presidente, con domicilio en San Luis N° 799, ambos de este ciudad, convienen en celebrar el presente Convenio de Comodato: Clausula Primera: La Municipalidad de Concordia autoriza el uso en comodato a título gratuito a la Asociación Mutual Deportista Concordiense (AMUDECO), Resolución INAES 1764/2008, un Salón de Usos Múltiples (SUM), en posesión del municipio, ubicado sobre la manzana 33, Parcela 6583, vigente desde la ratificación del presente y durante el plazo de ejecución del proyecto IF-2022-38376879, para la apertura y funcionamiento del Centro de Desarrollo Infantil “Bichito Colorado”, en el ámbito del Barrio Agua Patito de la ciudad de Concordia, de acuerdo a los lineamientos del Decreto PEN 574/2016. Clausula Segunda: El Presente Convenio entrará en vigencia a partir de su ratificación ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Concordia, y hasta la finalización de la ejecución del referido proyecto. Clausula Tercera: La Municipalidad de Concordia podrá rescindir unilateralmente el convenio si el objeto de la autorización de uso en comodato no se llevara a cabo, y/o la implementación del proyecto IF-2022-38376879, para la apertura y funcionamiento del Centro de Desarrollo Infantil “Bichito Colorado”, en el ámbito del Barrio Agua Patito de la ciudad de Concordia, de acuerdo a los lineamientos del Decreto PEN 574/2016, fueran aplazados o suspendidos. Clausula Tercera: Todas las acciones y actividades que se desarrollen en el perdió en uso autorizado por parte de la Asociación Mutual Deportiva Concordiense (AMUDECO) correrán por su exclusiva responsabilidad, no teniendo el municipio responsabilidad alguna por ningún concepto. Clausula Cuarta: La Asociación Mutual Deportiva Concordiense (AMUDECO), no podrá ceder el uso del salón, total o parcialmente bajo ningún concepto, ni modificar la finalidad por la que ha sido autorizado, situación que originará la rescisión automática del presente convenio. Clausula Quinta: Vencido el plazo previsto en el proyecto, la Mutual Deportiva Concordiense (AMUDECO), deberá restituir en las mismas condiciones edilicias en la que el predio le fuera entregado, no pudiendo realizar modificaciones y/o refacciones y/o nuevas construcciones, sin autorización previa de los organismos competentes de la Municipalidad de Concordia, y autorizadas que fueran, todas las mejores y obras pasaran a formar parte del acervo de la propiedad, sin posibilidad de reclamo de ninguna naturaleza. Clausula sexta: El municipio podrá solicitar la inspección y control de las actividades y acciones que allí se realicen, a loes efectos de verificar los alcances del objeto del presente convenio.
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