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TITULO:   La Municipalidad NO organizara elecciones de reinas ni concursos de belleza
ORDENANZA Nº 37983 SANCIONADA: 20.04.2023 PROMULGADA: 08.05.2023 PUBLICADA: 15.05.2023 ARTÍCULO 1º.- La Municipalidad de Concordia no organizará ni propiciará de manera directa o indirecta elecciones de reinas y princesas, concursos de belleza de personas y en particular de las mujeres, cualquiera sea su edad, en las distintas celebraciones locales o eventos públicos, instrumentando los mecanismos necesarios al efecto. ARTÍCULO 2º.- Proponer acciones que acompañen el proceso de adecuación, promoviendo desde diferentes Direcciones y/o Secretarías del municipio, actividades de concientización y sensibilización para desalentar también en el ámbito privado la realización de "concursos de belleza” por los mismos fundamentos esgrimidos, dejando estipulado que el municipio NO avalará bajo ninguna modalidad ni tácita ni expresa, ningún tipo de estos eventos. ARTÍCULO 3º.- Promuévase la implementación de reconocimientos, de representantes, basados en destacar a las personas de acuerdo a su compromiso solidario, a su accionar en pos de la cultura o el deporte local, tendiendo a mejorar la calidad de vida de los/as vecino/as de Concordia, mediante la implementación de programas que desarrollen contenidos de cultura ciudadana, participativa, solidaria y de compromiso social. ARTÍCULO 4º.- Instar a otras instituciones, asociaciones, fundaciones o toda aquella que organice fiestas que no sean estrictamente municipales, pero que sí las realizan en la ciudad de Concordia, a cumplir con lo normado en el Artículo 2º y 3º de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 5º.- Cualquier acto administrativo que contradiga la presente Ordenanza se considerará nulo. ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese
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