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TITULO:   Adhesion a Ley Provincial Nº 9946 "Turismo Activo"
ORDENANZA Nº 37980 SANCIONADA: 20.04.2023 PROMULGADA: 08.05.2023 PUBLICADA: 09.05.2023 ARTÍCULO 1°.- Adhiérase a la Ley Provincial N° 9946 y su Decreto Reglamentario N° 4675/2018 que regula la actividad de “TURISMO ACTIVO”. ARTÍCULO 2°.- Créase el Registro Municipal de “TURISMO ACTIVO”, cuyo propósito será realizar la inscripción y registro de las actividades de TURISMO ACTIVO”. ARTÍCULO 3°.- A los fines de integrar el Registro Municipal de “TURISMO ACTIVO” los interesados deberán obtener la habilitación provincial como prestador de dicha actividad. Para ello, deberán completar el formulario que se anexa a la presente, el cual tendrán el carácter de Declaración Jurada. La Secretaría de Cultura e Innovación de Concordia, una vez cumplimentado con el Formulario de “Declaración Jurada de Turismo Activo”, emitirá una Resolución a fin de que el “Prestador Turístico” inicie el trámite de HABILITACIÓN PROVINCIAL ante la Secretaría de Turismo y Cultura del Ministerio de Cultura y Comunicación de la Provincia de Entre Ríos ARTÍCULO 4°.- Otorgada la Habilitación Provincial al prestador de “TURISMO ACTIVO” por parte de la Secretaría de Turismo y Cultura del Ministerio de Cultura y Comunicación de la Provincia de Entre Ríos, el prestador deberá acompañar el certificado del mismo, a fin de integrar el Registro Municipal de “TURISMO ACTIVO” establecido en el Art. 1°. ARTÍCULO 5°.- Comuníquese publíquese, regístrese y archívese.
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