DECRETO Nº 523
FECHA: 11.04.2023
PUBLICADO: 14.04.2023
ARTICULO 1°.- Increméntese a los Agentes que obran en el Anexo I de la presente disposición, el adicional identificado bajo el Código 587, según corresponda mientras cumpla las funciones de tareas de limpieza.-
ARTICULO 2°.- Establecer que en el caso de dejar de prestar las tareas y funciones los agentes en el Departamento Mayordomía dependiente del Honorable Concejo Deliberante quedarán sin efecto automáticamente, lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto.-
ARTICULO 3°.- Remitir a la Dirección de Recursos Humanos, a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado dar conocimiento al Departamento Mayordomía y a la Dirección de Liquidaciones dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda y oportunamente reservar como antecedente en el legajo personal de los citados agentes.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-