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TITULO:   Gitanos
DECRETO N° 20524/1980 FECHA: 04.09.1980 ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la instalación temporaria de campamentos de gitanos dentro de los siguientes límites del Municipio: Al norte: Boulevard Ayuí; al sur: Río Uruguay y Arroyo Yuquerí Grande; al este: Río Uruguay; y al oeste: Boulevard Yuquerí.- ARTÍCULO 2°.- Prohíbese asimismo la radicación de estos campamentos en distancias inferiores a un mil (1000) metros de los núcleos de viviendas que comprendan: Villa Zorraquín; Osvaldo Magnasco; Villa Adela; Camba Paso y La Bianca.- ARTICULO 3°.- Los campamentos actualmente instalados en las zonas establecidas en los artículos 1° y 2°, deberán trasladarse fuera de los radios prohibidos, dentro de los treinta (30) días de la fecha del presente decreto, bajo apercibimiento de hacerse desalojo por la fuerza pública.-
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