DECRETO N° 21081/1982
FECHA: 03.11.1982
ARTICULO 1°.- Dispónese que a partir del día 10 de noviembre de 1982, será requisito indispensable para realizar expedientes referidos a obras, instalaciones o habilitaciones de negocios, industrias, etcétera, la preservación del certificado de uso conforme, el que será expedido por la Oficina de Planeamiento Urbano de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 2°.- Para la iniciación del trámite de expedientes de obras, el certificado de uso conforme deberá ir acompañado de un plano general de obra.-
ARTICULO 3°.- El certificado de uso conforme deberá ser retirado de la Oficina de Planeamiento Urbano, al tercer día hábil de la presentación de la solicitud, plazo que podrá extenderse a diez días hábiles si razones técnicas exigieren consultar con otras reparticiones u organismos.-