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TITULO:   Acuerdo Especifico con UTN
DECRETO Nº 1000 FECHA: 16.08.2022 PUBLICADO: 17.08.2022 ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el ACUERDO ESPECIFICO suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por el Sr Presidente Municipal, Don Alfredo Daniel FRANCOLINI, D.N.I. N° 16.360.154, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de esta ciudad, asistido par el Sr. Jefe de Gabinete y Gobierno, don Alberto Armanazqui, D.N.I N° 14.998.523 y la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya Liliana LÓPEZ BERNIS, D.N.I N° 12.426.693,y por la otra parte la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL -FACULTAD REGIONALCONCORDIA-, representada en este acto por el Señor Decano Ing. José Jorge PENCO, D.N.I. N° 12.126,452, con domicilio legal en calle Salta N° 277, de esta ciudad, que forma parte integrante del presente Decreto. ARTICULO 2°.- Dispónese que la Secretaría de Hacienda y Finanzas Publicas, y la Secretaría de Desarrollo Urbano, tomen debida nota. ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente, archívese. ACUERDO ESPECÍFICO Universidad Tecnológica Nacional-, Facultad Regional Concordia Municipalidad de Concordia En la Ciudad de Concordia; Provincia de Entre Ríos, a los 20 días del mes de Junio, de 2022, entre la Universidad Tecnológica Nacional-, Facultad Regional Concordia, en adelante "LA UTN" , con domicilio en calle Salta 277, presentada en este, acto por el Ingeniero José Jorge Penco, DNI N° 12.126.452, en su carácter de Decano y la Municipalidad de la Ciudad de Concordia, en adelante “EL MUNICIPIO” con domicilio en Mitre N° 76 de esta Ciudad, representada en este acto por Don Alfredo Francolini, DNI, N° 16.360.154, en su carácter de Presidente Municipal El Sr. Alberto, Armanazqui, DNI N° 14.998.523, en su carácter de jefe de Gabinete y Gobierno, y la Sra. Mireya López Bernis, DNI N° 12.426.693, en su carácter de Secretaria de Desarrollo Urbano y, en virtud del Convenio Marco de Cooperación Y Asistencia Recíproca firmado entre la partes en diciembre de 2008 y en vigencia plena, convienen en celebrar el presente Acuerdo Específico que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: Clausula primera, Objeto del Acuerdo. El presente acuerdo específico, como se detalla en el Anexo 1 (Plan dé Trabajó) tiene por objeto la materialización de un trabajo colaborativo entre EL MUNICIPIO e integrantes del Grupo de Investigación de Ingeniería Civil y Medio Ambiente, de la Regional Concordia de la UTN en las tareas vinculadas a la sistematización de la información referente a la georeferenciación y generación de bases de datos de información geográfica relacionada a Obras y Servicios Públicos y variables sociales. Cláusula segunda. Obligaciones de las partes. a) De la UTN. LA UTN se compromete a cumplir con las acciones previstas en el Anexo 1 (Plan de trabajo) a efectos de alcanzar los objetivos del presente acuerdo. Para ello pondrá a disposición los recursos humanos que considere necesarios para su correcta ejecución en la forma y plazos pautados. LA UTN, se compromete a, presentar un informe de avancé bimestral. Se hará entrega de la información generada al Municipio, con el cual se trabajará conjuntamente para la generación de una plataforma común de acceso, visualización, consulta y tratamiento de la información geográfica. b) De EL MUNICIPIO EL MUNICIPIO, a través de su Área de Informática colaborará en la generación de una plataforma Web de acceso a la información disponible. EL MUNICIPIO abonará a LA UTN la suma de $ 230.000 (Pesos doscientos treinta mil) mensuales durante el período Julio 2022 - Diciembre 2022 destinados a financiar la realización de las tareas propuestas en el plan de trabajo. Dicha suma deberá ser abonada entre los días 1 (primero) y 10 (diez) de cada mes. Cláusula tercera. De las discrepancias. Extinción del Acuerdo Específico. El acuerdo podrá ser rescindido de forma unilateral por cualquiera de las partes, con aviso previo a la otra con dos meses de anticipación. Por controversias que puedan surgir en la interpretación de este acuerdo las partes se comprometen a resolver de manera directa y amistosamente, por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y diferencias que pudieran presentarse en el planteamiento y ejecución de los trabajos conjuntos.
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