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TITULO:   Convenio entre Municipalidad y Cruz Roja filial Concordia
DECRETO Nº 875 FECHA: 14.07.2022 PUBLICADO: 18.07.2022 ARTICULO 1°.- Ratificase en todos sus, términos, el CONVENIO MARCO suscripto el 05 de Julio de 2022, entre Esta Municipalidad y el Instituto Superior 080 Cruz Roja Argentina filial Concordia en virtud a los Considerandos precedentes. ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Jefatura de Gabinete y Gobierno, notifíquese a las partes interesadas y oportunamente archívese.- CONVENIO MARCO Entre la Municipalidad de Concordia, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", representada en este acto por el Presidente Municipal, Sr. Alfredo FRANCOLINI, D.N.I. N° 16.360.154, asistido por el Secretario de la Jefatura de Gobierno y Gabinete, Sr. Alberto ARMANAZQUI y el Secretario de Salud, Dr. Mauro Javier GARCIA, D.N.I. N° 24.218.172 con domicilio en calle Bartolomé Mitre 76 de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, y por otra parte el Instituto Superior D-80 Cruz Roja Argentina Filial Concordia, con domicilio encalle Entre Ríos 239 de la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, representado por la Rectora Sra. Raquel RODRIGUEZ, D.N.I. 21.064.203, en adelante "EL INSTITUTO", acuerdan el presente Convenio Marco con el fin de generar mecanismos fluidos entre las organizaciones de salud y educación. A los efectos de interactuar recíprocamente entre los propósitos de los contenidos educativos y las actividades referidas a la salud, a los que se refiere a las prácticas profesionalizantes de las carreras: TÉCNICO SUPERIOR EN ENFERMERIA Y TÉCNICO SUPERIOR EN LABORATORIO DE ANÁLISIS CLINICOS. PRIMERO: Ambas partes manifiestan expresamente que el presente acuerdo emana de un mutuo interés en impulsar el desarrollo de la cooperación cultural, educativa, científica y técnica entre las respectivas instituciones a través de la expansión de sus contactos y acciones. SEGUNDO: Consecuentemente ambas partes se comprometen a promover las siguientes acciones tendientes a lograr que los alumnos pasen por las distintas áreas de la institución: · Profundizar la valorización del trabajo, como elemento indispensable y significador para la vida, desde una concepción cultural y no meramente utilitaria. · Realizar prácticas complementarias a su, formación académica que enriquezcan la propuesta curricular de los estudios que cursan. · Incorporar saberes, habilidades y actitudes vinculados a situaciones reales del mundo del trabajo. · Adquirir conocimientos que contribuyan a mejorar sus posibilidades de inserción al ámbito laboral. · Aumentar el conocimiento y manejo de prácticas vigentes en todos los sectores que se realice, prevención, promoción, cuidados y tratamientos de la salud a pacientes, familia. · Contar con herramientas que contribuyan a una correcta elección profesional futura. · Progresar en el proceso orientado respecto de los posibles cambios específicos del cam,po laboral. TERCERO: Todo proyecto particular que se integre como acción a la consecución de los objetivos del artículo primero, se determinará en forma de anexos adicionales a la presente. CUARTO: El presente Convenio Marco tendrá una duración de 2 (dos) años a contar desde la fecha de emisión y podrá ser renovado, rescindido o modificado mediante acuerdo dé las partes, como así cualquier otra cuestión que no haya sido expresamente, incluida. Las partes no tendrán ningún impedimento para suscribir convenios similares con otras instituciones. QUINTO: Las partes podrán coordinar el desarrollo de prácticas en sus respectivos ámbitos. Los alumnos del Instituto desarrollaran tareas educativas y/o curriculares en el ámbito de la otra parte, las mismas tendrán el carácter gratuito y dichas actividades sean siempre acompañadas y supervisadas por personal docente de la institución, eximiendo a la otra parte de toda responsabilidad sobre el particular. Los alumnos están asegurados por el Instituto del Seguro.
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