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TITULO:   Programa Adolescencia Integración Social - Situación de Riesgo: Convenio
DECRETO Nº 440/2006 (Texto ordenado con la modificación introducida por decreto 559/2006) FECHA: 11.04.2006 PUBLICADO: 12.04.2006 ARTICULO 1º.- Ratifícase el CONVENIO celebrado entre la Municipalidad de Concordia y Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, el que como anexo I forma parte del presente decreto, conforme lo expresado en los considerando precedentes.- CONVENIO/ COOPERACION PROGRAMA ADOLESCENCIA E INTEGRACION SOCIAL DEL CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA INHERENTE A LA ADOLESCENCIA Y/O JOVENES MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA -CLUB DE LEONES CONCORDIA En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los Veintitrés (23) días del mes de febrero de dos mil seis (2006), entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por el Presidente Municipal, Don JUAN CARLOS CRESTO, asistido por el Secretario de Salud, Bienestar Social y Deportes, Don ALBERTO DARIO ARMANAZQUI, domiciliado en la calle Bartolomé Mitre Nº 76, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte y por la otra, el CLUB DE LEONES DE LA CIUDAD DE CONCORDIA, con domicilio en calle Carriego Nº 287 Personería Jurídica Resolución N° 53/75 D.I.P.J., todos domicilios de la ciudad de Concordia, representado en este acto por el Presidente del Club Señor HORACIO AQUILES MARCONE, en adelante EL CLUB; acuerdan en celebrar el presente CONVENIO que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente Convenio tiene por objeto fijar las responsabilidades, obligaciones y funciones emergentes de la implementación del PROGRAMA ADOLESCENCIA E INTEGRACION SOCIAL (P.A.I.S) DESTINADO AL TRABAJO CON JOVENES DE NUESTRA CIUDAD QUE SE ENCUENTRAN EN ALTO RIESGO SOCIAL, que depende del CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA. SEGUNDA: EL MUNICIPIO reconoce como autoridad de aplicación de Proyecto del P.A.I.S. en nuestra ciudad, al CLUB DE LEONES DE CONCORDIA, otorgándole a la mencionada entidad todo lo que sea necesario para la implementación del mismo, de acuerdo a los lineamientos generales del Programa, que a continuación se detallan: · Espacios Físicos para el funcionamiento de OCHO (8) Núcleos, donde se trabajará en contención y estimulación con VEINTICINCO (25) jóvenes aproximadamente por espacio de CUATRO (4) horas diarias. · PESOS OCHOCIENTOS ($800) por períodos mensuales para destinar a incentivo de honorarios coordinadores de los núcleos. · TRES (3) profesores de gimnasia. · UN (1) coordinador de núcleo. · Capacitadores laborales para distintos rubros de capacitación (comprendidos en los linamitos generales del Programa Adolescencia e Integración Social año 2005, denominados Módulos de Capacitación para el Trabajo) relacionados con actividades que permitan el normal desarrollo del Programa Adolescencia e Integración Social. Estas actividades se desarrollarán en talleres de común acuerdo entre la Directora del Proyecto y esta Municipalidad, a través del Departamento Talleres Barriales, en función de las disponibilidades presupuestarias y financieras de la Municipàlidad de Concordia: 1. Panadería (3 talleres) 2. Cerámica (2 talleres) 3. Huerta (1 taller) 4. Marroquinería (1 TALLER) 5. Tejido, confección de talleres, manualidades (2 talleres) 6. Cotillón (1 taller) 7. Persecución (1 taller) 8. Cestería en papel (1 taller) 9. Bordado y costura (1 taller) 10. Elaboración de bloques y baldosas (1 taller) (/) · Seguro de vida para los DOSCIENTOS (200) beneficiarios del Programa Adolescencia e Integración Social (P.A.I.S.) a través del Ente Autárquico Provincial del Seguro. · Nombramiento de un monitor a cargo del Municipio, (empleado municipal) que informe a la municipalidad acerca de la marcha del Programa. TERCERA: EL CLUB DE LEONES DE CONCORIDA asume la obligación de tener bajo su cargo la re-incorporación de adolescentes y/o jóvenes al Programa Adolescencia e Integración Social (P.A.I.S), del equipo de coordinadores de núcleo quienes deberán acreditar ser Profesionales idóneos en el manejo de grupos, responsables directos de los núcleos donde concurren diariamente los beneficiarios, debiendo además efectuar la evaluación y seguimiento de los mismo para su incorporación y permanencia en el Programa Adolescencia e Integración Social (P.A.I.S.), de acuerdo a los lineamientos que exige el Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (C.O.N.N.A.F.).---------------------------------------------- También verificará a través de la Directora de Proyecto Operadora Psico-social Señora ESTELA LUCIA PITONI, el estricto cumplimiento de los coordinadores en la realización de talleres prácticos para los módulos de Identidad, Sensibilización y Prevención como se indica en el marco del Programa.---------------------------------------------------- Por último el CLUB DE LEONES DE CONCORDIA, será el responsable absoluto de la Administración de Fondos enviados por el Superior Gobierno de la Nación para el pago de becas a los beneficiarios, honorarios profesionales y gastos operativos, a través de una cuenta bancaria que abrirá para tales efectos, en el banco que el C.O.N.N.A.F indique.------- CUARTA: Respecto del PROGRAMA ADOLESCENCIA E INTEGRACION SOCIAL, el Club de Leones de Concordia y La Municipalidad tendrán a su cargo impulsar proyectos para incorporar al Programa, con objetivos concretos, que contemplen brindar ayuda y contención a adolescentes y jóvenes de ambos sexos, en la atención permanente de tratamientos psicológicos, si así se requiriera, a través de profesionales idóneos y capacitación para los jóvenes en prevención de Adicciones, VIH, salud e higiene.---------------------------------------- QUINTA: El CLUB DE LEONES DE CONCORDIA, a través de la Directora de Proyecto Operadora Psico-social Señora ESTELA LUCIA PITONI deberán generar las actuaciones pertinentes a efectos del pago de BECAS, en las que se incluirán los listados con la debida identificación de los beneficiarios, indicando en todos los casos apellido y nombre, Documento de Identidad (acompañado de fotocopia de primera y segunda hoja del mismo), Edad y domicilio y datos completos del tutor responsable.------------------------------------------------- SEXTA: EL CLUB DE LEONES DE CONCORDIA por intermedio de la Directora de Proyecto Operadora Psico-social Señora ESTELA LUCIA PITONI producirá mensualmente las actuaciones correspondientes a los fines del pago del incentivo de honorarios a coordinadores de núcleo previstos en la Cláusula SEGUNDA del presente, en la que se incluirán los listados con la debida identificación de los beneficiarios, indicando en todos los casos apellido y nombre, Documento de Identidad (acompañado de fotocopia de primera y segunda hoja del mismo), y domicilio.----------------------------------------- SEPTIMA: El CLUB DE LEONES DE CONCORDIA por intermedio de la Directora de Proyecto Operadora Psico-social Señora ESTELA LUCIA PITONI comunicará a LA MUNICIPALIDAD por escrito, el listado de beneficiarios del P.A.I.S., a los efectos de gestionar las pólizas de seguros de vida, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula SEGUNDA de este Convenio, en el que se identificará debidamente a cada uno de los mismos, indicando en todos los casos Apellido y Nombre, Documento de Identidad (acompañado de fotocopia de primera y segunda hoja del mismo), edad y domicilio.-------------------------------- OCTAVA: El presente Convenio se extenderá mientras tenga vigencia el Acuerdo que firmarán el CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA Y EL CLUB DE LEONES DE CONCORDIA, como institución madrina, y en tanto y en cuanto no se modifique la finalidad concurrente dispuesto por el presente. No obstante ello, cualquiera de las partes, podrá rescindido en forma unilateral, en cualquier momento y sin expresión de causa, mediante preaviso escrito y comunicarlo a la otra parte con una antelación de DOS (2) meses.---------- NOVENA: A todos los efectos judiciales o extrajudiciales derivados del presente CONVENIO, las partes constituyen domicilios en los enunciados en el Exordio, donde serán válidas todas las notificaciones, comunicaciones e intimaciones particulares o judiciales referidas a negocio jurídico que se realiza, sometiéndose a los efectos de carácter judicial los tribunales ordinarios de la ciudad de Concordia.--------------------------------------------------- (/) Texto ordenado según decreto 559/2006
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