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TITULO:   Museo Bellas Artes Visuales
ORDENANZA Nº 16069 SANCIONADA: 13.09.1965 PROMULGADA: 17.09.1965 ARTICULO 1º.- El Museo Municipal de Bellas Artes creado por el decreto nº 6862 MG y nº 10809 del Departamento Ejecutivo funcionará en lo sucesivo bajo la denominación de Museo de Artes Visuales de Concordia.- ARTICULO 2º.- La Dirección y Administración del museo estará a cargo de un director rentado, designado por concurso de antecedente y oposición. ARTICULO 3º.- El Museo Municipal de Artes Visuales de Concordia dependerá del Departamento Ejecutivo y tendrá como objeto y fines: a) Proponer al Departamento Ejecutivo el plan de trabajos artísticos del año. b) La difusión de la cultura artística. c) La creación de salas de las que tengan especial representación las creaciones del arte regional, comprendido en el ámbito geográfico de la mesopotámica. d) La formación del archivo gráfico municipal, donde se reúnan testimonios gráficos relacionados con la vida artística, histórica, urbanística y deportiva, así como otras manifestaciones vinculadas a la evolución social de la Ciudad de Concordia. e) Organizar el patrimonio artístico de la ciudad, exhibiéndolo en la sala de museos de Artes Visuales. f) Organizar salones nacionales, provinciales o locales de pintura, escritura, artes gráficas, manuscritos, libros numismáticas, filatélicas, artesanías, etcétera que tienen esta zona como recinto natural de exhibición y por su importancia excepcional lo requieran. g) Organizar el salón anual de pintura, escultura, dibujo y gravado de Concordia. h) Enriquecer el patrimonio del museo mediante la incorporación de obras de artes que propongan de adquisiciones que efectúen, con el asesoramiento de jurados especiales a juicio del director del museo, de entre las obras expuestas de sus salones o fuera de ellos cuando el valor artístico de los mismos, así lo aconsejen. i) Conservar la biblioteca pública de arte del museo, poniéndola al servicio del público con horario de la institución. j) Fomentar el intercambio artístico con museos y centros de artes del país y del extranjero. k) Organizar y enriquecer paulatinamente el museo de calcos y reproducciones de obras maestras universales. l) Proponer al Departamento Ejecutivo la rotación de obras del museo con los otros institutos para proponerlas al alcance de sectores cada vez más vastos del pueblo. m) Organizar conciertos y conferencias en el museo y las exhibiciones cinematográficas, cursos de arte, etcétera. n) Seccionar, comprometer y atender a los artistas, escritores, conferenciantes y músicos, nacionales y extranjeros, que integran en los ciclos culturales de la institución. o) Preparar, con la autorización del Departamento Ejecutivo, las bases de los concursos y proponer los jurados para la selección y premios de los certámenes anuales del museo. p) Proponer al Departamento Ejecutivo los reglamentos de los salones anuales y de otros concursos artísticos. q) Efectuar el ordenamiento periódico de las salas del museo con arreglo a las exigencias de un criterio museográfico que contemple épocas, escuelas y nacionalidad de los autores los mismos que la instalación de grupos individualizados del arte entrerriano y regional, cuando las circunstancias lo permitan. r) Proponer al Departamento Ejecutivo el horario de la institución consultando las épocas del año y las comodidades del público concurrente. s) Realizar publicaciones periódicas sobre las actividades artísticas del museo, catálogo, monografías, libros y folletos de divulgación de las expresiones realizadas sobre otros aspectos vinculados con el arte. t) Tomar bajo su responsabilidad y su cargo las medidas conducentes para exhibir el patrimonio artístico en la forma científica aconsejada para su más fácil y eficiente conocimiento para el público, salvaguardándolo, por lo demás, de todo lo que pueda dañarlo, o ponerlo en peligro, para la cual no se omitirá los necesarios recaudos y precauciones. u) Organizar visitas periódicas y explicadas para los alumnos de las escuelas primarias, estudiantes secundarios y universitarios, gremios obreros, empleados, etcétera. v) Aceptar donaciones previa autorización del Departamento Ejecutivo cuando la categoría artística de la misma lo aconseje y efectuar canjes cuando convenga al museo. w) Conservar en el museo el patrimonio artístico de la institución lo mismo que instrumentos, muebles, útiles de su propiedad que no podrán ser cedidos o prestados. x) Mantener y acrecentar las posibilidades técnicas del taller de restauración del museo para la conservación de las obras. y) Presentar anualmente la memoria de la institución. z) Elevar al Departamento Ejecutivo el proyecto de presupuesto. a') Crear y organizar la biblioteca de arte del museo. b') Crear y organizar el archivo gráfico de la municipalidad. c') El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente ordenanza.
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