DECRETO Nº 23449/1987
FECHA: 28.06.1987
ARTICULO 1º.- Reconocer como integrantes de la Banda Infantil Municipal a las personas que se consignen en el anexo I de este decreto.-
ARTICULO 2º.- Disponer que toda vez que se efectúe la incorporación de nuevos alumnos a esta Banda, el titular de la misma haga conocer por escrito a la Secretaria de Bienestar Social.-
ARTICULO 3º.- El Director de la Banda elevará en lo sucesivo entre el 25 y el 30 de cada mes a la Secretaria de Bienestar Social, el listado de los integrantes que estén en condiciones de percibir la beca correspondiente, siempre y cuando estos no hayan tenido una inasistencia mayor a cinco (5) clases durante el mes.-
Esta Conformidad se implementará a partir del mes de julio respecto a la liquidación de agosto de 1987.-
ARTICULO 4º.- La Contaduría Municipal, efectuará por esta única vez las liquidaciones correspondiente de los meses de mayo, junio y julio de 1987, de todos lo integrantes conforme al anexo I de este decreto.-(1)
(1) En el original no se constata dicho personal, igualmente no es trascripto por razones de que el anexo citado designa los integrantes de la Banda precedente.-