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TITULO:   Entidades Deportivas - Energía Eléctrica
LEY PROVINCIAL Nº 8201: Esta ley, entre otras, exime de impuestos y/o recargos tributarios provinciales vigentes o a crearse que graven el consumo de energía eléctrica a las asociaciones civiles (clubes, asociaciones y/o federaciones) que tengan como actividad principal el fomento o la práctica del deporte y cuenten con personería jurídica otorgada por la Provincia de Entre Ríos. La exención beneficia también a los centros deportivos educacionales dependientes de las administraciones municipales, provinciales o nacionales instalados en el territorio de la Provincia de Entre Ríos.(1) (1) El texto completo de la ley nº 8201 se encuentra en el Título Deportes, del Tomo III
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