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TITULO:   Libro de Quejas - Policía Mortuaria
DECRETO N° 25982/1992 FECHA: 25.09.1992 PUBLICADO: 25.09.1992 ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto el decreto n° 25820.-(1) ARTICULO 2°.- Establécese que la Dirección de Cementerios y Policía Mortuoria dependiente de la Sub Secretaría de Servicios Públicos tendrá a su cargo además de lo establecido en el artículo 3° del decreto n° 25981, el control de todos los cementerios ubicados en jurisdicción correspondiente al Municipio de Concordia y asimismo será el organismo de aplicación de las disposiciones que surjan de la ordenanza n° 24288.- ARTICULO 3°.- Dispónese que el Director de Cementerios y Policía Mortuoria, deberá verificar que se mantenga a disposición del público en general un libro de quejas en el acceso de cada cementerio en el cual puedan asentarse los reclamos.- ARTICULO 4°.- Establécese que cada vez que se registren novedades en el libro de quejas, las mismas deberán ser comunicadas en un plazo no mayor de 24,00 horas al Sub Secretario de Servicios Públicos, quien tomará de inmediato las medidas para dar soluciones que correspondan.- (1)La ordenanza nº 25820 designaba a un agente encargado del control de cementerios
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