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TITULO:   Cementerio Nuevo - Competencia de Secretaría
DECRETO N° 25981/1992 FECHA: 25.09.1992 PUBLICADO: 25.09.1992 ARTICULO 1°.- Dispónese que será de competencia de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos entender en todo lo concerniente a la aprobación y control de ejecución de las obras que el adjudicatario de la concesión de Obras y servicios del Cementerio Nuevo Municipal deba realizar en dicho predio.- (1) ARTICULO 2°.- Establécese que será competencia de la Secretaría de Gobierno y Hacienda entender en todos los aspectos económicos y administrativos que resulten de la ejecución del contrato de concesión de obras y servicios del Cementerio Nuevo Municipal y de la ordenanza n° 24288 y de la demás normativa aplicable.- ARTICULO 3°.- Dispónese que en el predio de los Cementerios será competencia del Director de Cementerios y de Policía Mortuoria, velar por el efectivo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. En caso de constatar anomalías deberá informar de las mismas dentro de las 24,00 horas al sub secretario de Servicios públicos, quien arbitrará las medidas pertinentes. (1) Ver disposiciones del artículo 2º del decreto nº 25982/92 que establece que la Dirección de Cementerios y Policía Mortuoria dependiente de la Sub Secretaría de Servicios Públicos tendrá a su cargo además de lo establecido en el artículo 3° del decreto n° 25981, el control de todos los cementerios ubicados en jurisdicción correspondiente al Municipio de Concordia y asimismo será el organismo de aplicación de las disposiciones que surjan de la ordenanza n° 24288.-
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