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TITULO:   Cementerio Nuevo - Trabajo Albañilería - Depósito Materiales
DECRETO N° 15268/1962 FECHA: 05.10.1962 ARTICULO 1°.- Prohibir en forma permanente la instalación en el Cementerio Nuevo de talleres de marmolería y afines, como así también el establecimiento o almacenamiento de elementos o mercaderías destinadas a su venta.- ARTICULO 2°.- Acordar a las personas que posean depositado en el Cementerio Nuevo los elementos o mercaderías a que se refiere el artículo 1°, un plazo improrrogable de tres (3) días corridos a contar de la fecha para que retiren los mismos, bajo apercibimiento de realizarlo por la fuerza pública.-
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