ORDENANZA N° 7846
SANCIONADA: 28.11.1938
PROMULGADA: 29.11.1938
ARTICULO 1°.- A partir de la fecha de promulgación de la presente, la Municipalidad cederá a cada empleado o funcionario municipal que falleciera, un nicho a propiedad y hasta tanto se construya un panteón destinado a los mismos fines.(1)
ARTICULO 2°.- Las cesiones de nichos a empleados o funcionarios municipales afectados anteriormente por tiempos determinados, se transformarán de hecho en donaciones a perpetuidad.
(1) Ver disposiciones de la ordenanza nº 13652 que declara comprendido en los beneficios que acuerda la Ordenanza N° 7846 de fecha 28 de Noviembre de 1938, a los jubilados municipales