LEY NACIONAL Nº 23413(1)
(Texto ordenado con las modificaciones introducidas por leyes nº 23874/90 y 24438/94)
SANCIONADA: 01.10.1986
PROMULGADA: 23.10.1986
PUBLICADA: 13.02.1987
ARTICULO 1º.- La realización de una prueba de rastreo para la detección precoz de la fenilcetonuria, el hipotiroidismo congénito y la fibrosis quística o mucoviscidosis será obligatoria en las maternidades y establecimientos asistenciales que tengan a su cuidado a niños recién nacidos.(/)
ARTICULO 2º.- La prueba se realizará en todos los recién nacidos nunca antes de las 24 horas de haberse iniciado la alimentación láctea. Para la fibrosis quística o mucoviscidosis la prueba se realizará en todos los recién nacidos dentro de los cuatro primeros días de vida. (=)(/)
ARTICULO 3º.- La realización de esta prueba será obligatoria en todos los establecimientos estatales que atiendan recién nacidos.
ARTICULO 4º.- Las obras sociales y los seguros médicos deberán considerarla como prestación de rutina en el cuidado del recién nacido.
(=)Texto ordenado según ley nº 23874
(/)Texto ordenado según ley nº 24438
(1) La ley 23413 fue reglamentada mediante decreto nº1316/94 que obra en este Digesto.-