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TITULO:   Fenilcetonuria - Hipotiroidismo Congénito - Fibrosis Quística - Mucoviscidosis
LEY NACIONAL Nº 23413(1) (Texto ordenado con las modificaciones introducidas por leyes nº 23874/90 y 24438/94) SANCIONADA: 01.10.1986 PROMULGADA: 23.10.1986 PUBLICADA: 13.02.1987 ARTICULO 1º.- La realización de una prueba de rastreo para la detección precoz de la fenilcetonuria, el hipotiroidismo congénito y la fibrosis quística o mucoviscidosis será obligatoria en las maternidades y establecimientos asistenciales que tengan a su cuidado a niños recién nacidos.(/) ARTICULO 2º.- La prueba se realizará en todos los recién nacidos nunca antes de las 24 horas de haberse iniciado la alimentación láctea. Para la fibrosis quística o mucoviscidosis la prueba se realizará en todos los recién nacidos dentro de los cuatro primeros días de vida. (=)(/) ARTICULO 3º.- La realización de esta prueba será obligatoria en todos los establecimientos estatales que atiendan recién nacidos. ARTICULO 4º.- Las obras sociales y los seguros médicos deberán considerarla como prestación de rutina en el cuidado del recién nacido. (=)Texto ordenado según ley nº 23874 (/)Texto ordenado según ley nº 24438 (1) La ley 23413 fue reglamentada mediante decreto nº1316/94 que obra en este Digesto.-
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