ORDENANZA N° 32228
SANCIONADA: 03.05.2002
PROMULGADA: 16.09.2002
PUBLICADA: 27.09.2002
ARTICULO 1°.- Dispónese la presencia de un profesional médico en las ambulancias que dependen del municipio y que sean requeridas por los ciudadanos, para ser asistidos o para ser trasladados a nosocomios de mayor complejidad.-