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TITULO:   Lactancia Materna
RESOLUCION Nº 26311/1993 SANCIONADA: 11.03.1993 PROMULGADA: 19.03.1993 PUBLICADA: 19.03.1993 ARTICULO 1º.- Declárase de interés municipal la difusión de la lactancia materna.- ARTICULO 2º.- La Secretaría de Bienestar Social implementará en la Asistencia Pública y en todos los centros de salud el entrenamiento del personal del equipo de salud para: a) Ayudar a las madres a iniciar y mantener la lactancia como forma de alimentación exclusiva desde el nacimiento así como conocer los beneficios de la misma y fundamento teórico que la hace un verdadero defensor del cuidado pre o post-natal.- b) Informar a toda embarazada sobre los beneficios y manejos de la lactancia materna. Se deberá proveer de folletos informativos a cada mujer embarazada y su familia, haciéndole entender por qué la lactancia materna es importante para su hijo y su familia y como ella debe manejar la misma. Si no amamanta debe explicársele las consecuencias negativas sobre su economía y estado de salud.- c) Dentro del ámbito municipal mejorar los permisos de maternidad, el apoyo social a madres y las facilidades para que las madres trabajadoras puedan tener las condiciones y el derecho a amamantar.- d) Promover la creación de grupos de grupos de apoyo a la lactancia materna, apoyando grupos integrados por mujeres que han tenido una lactancia exitosa y que ha demostrado ser un ejemplo muy valiosos para promover esta práctica con otras mujeres.- e) Promover la lactancia como una forma de alimentación infantil más segura y mejor, aún en situaciones de desastre, a través de acciones comunitarias, diseminación de información, educación, capacitación y apoyo a organismos de bases y a la comunidad toda.-
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