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TITULO:   Convenio entre Municipalidad de concordia y el Invytam
DECRETO Nº 366 FECHA: 23.03.2022 PUBLICADO: 29.03.2022 ARTICULO 1°.- Ratificase en todos sus términos el CONVENIO, firmado el día 19 de Octubre del año 2021 entre la Municipalidad de Concordia, representada por el Presidente Municipal, Señor ALFREDO DANIEL FRANCOLINI, asistido en ese acto por la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano. ARQ. MIREYA LOPEZ BERNIS, por una parte y por la otra; el Señor MARCELO FABIAN BISOGNI, en su carácter de PRESIDENTE DEL INSTITUTO AUTÁRQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDA PROVINCIA DE ENTRE RIOS; que forma parte integrante del presente Decreto como Anexo, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°.- Gírese a conocimiento de la Secretaria de Hacienda y Finanzas Públicas y a la Secretaria de Desarrollo Urbano. ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Jefatura de Gabinete y Gobierno, y oportunamente, archívese.- CONVENIO PARTICULAR PROGRAMA CASA PROPIA - SUB PROGRAMA CASA ACTIVA EJECUCION DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, COMPLEMENTARIAS Y NEXOS. En la localidad de Paraná Provincia de Entre Ríos, a los 19 días del mes de Octubre de 2021, en presencia del Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda representado por el Sr. Presidente, Marcelo Fabián Bisogni D.N.I. N° 16.327.471, con domicilio legal en calle Laprida 351 de la Ciudad de Paraná, (en adelante "EL I.A.P.V.") por una parte, y por la otra, la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por su Presidente Sr. ALFREDO FRANCOLINI con domicilio en calle MITRE 76, de la localidad de CONCORDIA, departamento CONCORDIA, Provincia de Entre Ríos, (en adelante "EL MUNICIPIO"), en su condición de beneficiario de la obra denominada "CONSTRUCCION DE 32 VIVIENDAS, EQUIPAMIENTO EN ESPACIOS COMUNES, CENTRO DE DIA Y PILETA CLIMATIZADA EN CONCORDIA", Obras de Infraestructura y Complementarias que se licitan bajo el. Sub Programa CASA ACTIVA del PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO, se acuerda lo siguiente a efecto de incluir los Proyectos y Obras que más abajo se detallan. PRIMERA: Considerando la puesta en marcha por porte de "EL I. A.P.V. " del Sub Programa CASA ACTIVA del Programa CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO, en el marco del CONVENIO DE ADHESION firmado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO TERRRITORIAL y HABITAT DE LA NACION y LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS, por el cual las partes se comprometen a desarrollar en forma conjunta las acciones concretas y necesarias para posibilitar la ejecución del Proyecto denominado "CONSTRUCCION DE 32 VIVIENDAS, EQUIPAMIENTO EN ESPACIOS COMUNES, CENTRO DE DIA Y PILETA CLIMATIZADA EN CONCORDIA" a realizarse bajo la órbita del Programa administrado por "EL I.A.P.V. ", "EL MUNICIPIO" deberá realizar a su exclusivo costo y cargo, las Obras Complementarias y de Nexo que se detallan en ANEXO l. SEGUNDA: "EL I.A.P.V." se compromete a ejecutar las obras de Viviendas a través del Programa CASA ACTIVA SUBPROGRAMA de Casa. Propia -Construir Futuro con fondos Nacionales; y financiar con fondos propios en función de las disponibilidades presupuestarias, las obras de Infraestructura y Complementarias" propias del conjunto habitacional. Dentro de estas Obras se encuentran incluidas las redes frentistas de; Agua, Cloacas, Energía Eléctrico, Alumbrado Público y Tramo vial, como así también las obras complementarias de las viviendas: veredas municipales, cercos perimetrales, etc. TERCERA: Los plazos de ejecución e inicio de los trabajos para las Obras de NEXO DE INFRAESTRUCTURA Y/O COMPLEMENTARIAS detalladas en ANEXO I los Cómputos, Presupuestos y Plan de la obra deberán ser concordantes con los plazos establecidos en los Pliegos y la Documentación Técnica de la Licitación que convoque "EL I.A.P.V." para las obras de vivienda e infraestructura propia del Conjunto Habitacional. Para tal fin, "EL I.A.P .V." se obliga a comunicar a "EL MUNICIPIO", dichos plazos y éste último deberá poner a disposición los medios técnicos, materiales y humanos necesarios para dar cumplimiento o los plazos correspondientes. CUARTA: "EL I.A.P.V." en su carácter de comitente de las obras de vivienda e infraestructura del conjunto habitacional se obliga a comunicar al contratista adjudicatario de la licitación, que las Obras de NEXO DE INFRAESTRUCTURA Y/O COMPLEMENTARIAS, serán a cargo y costo de "EL MUNICIPIO" debiendo permitir su ejecución en forma simultánea. "EL MUNICIPIO", podrá designar un Representante técnico para dirigir los trabajos a su cargo, debiendo notificarlo a "EL I.A.P.V." QUINTA: "EL MUNICIPIO" se obliga a mantener indemne a "EL I.A.P.V.", de y por cualquier reclamo, demanda, sanción, juicio, dañó, pérdida, gasto, y/o cualquier otro concepto, incluyendo multas, costos judiciales y honorarios de abogados como consecuencia de la ejecución de las obras a su cargo. SEXTA: El financiamiento de la ejecución de las obras de "NEXO Y COMPLEMENTARIAS" detalladas en ANEXO I es a cargo y costo exclusivo de "EL MUNICIPIO", debiendo efectuar las previsiones presupuestarias Correspondientes para dar cumplimiento a la obligación asumida por el presente acuerdo. SEPTIMA: "EL MUNICIPIO" se compromete a establecer exenciones en las tasas de HIGIENE, SEGURIDAD Y PROFILAXIS, en la actividad de construcción, realizada o ejecutado en el marco del "Programa Casa Propia-Construir Futuro". OCTAVA: A todos los efectos legales, las partes. Constituyen domicilio en los indicados al inicio donde serán válidas todas las notificaciones que se cursen: sometiéndose en caso de controversia a la jurisdicción de la cámara en lo contencioso administrativo de la ciudad de Paraná, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. Previa lectura, las partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
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