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TITULO:   Convenio Colaboracion entre Municipalidad de Concordia y Club Social Deportivo La Bianca
DECRETO Nº 357 FECHA: 21.03.2022 PUBLICACION: 23.03.2022 ARTICULO 1°.- Ratifícase en todos sus términos el CONVENIO DE COLABORACIÓN suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por el Sr. Presidente Municipal, Don Alfredo FRANCOLINI, DNI N° 16.360.693, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N° 76 de esta ciudad, asistido por el Sr. Jefe de Gabinete y Gobierno, Dn. Alberto Darío ARMANAZQUI, D.N.I. N° 14.998.523 y por el Sr. Secretario de Deportes, Dn. Leandro Marcelo CRESTO, DNI N° 23.009.242, y por la otra parte, el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LA BIANCA, representado en este acto por SU Presidente, Dn. Juan José ACEVEDO, D.N.I. N° 30.015.652, Personería Jurídica N° 144, con domicilio en calle Jujuy y Eva Perón de la ciudad de Concordia, que forma parte integrante del presente Decreto. ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Jefatura de Gabinete y Secretaría de Gobierno y, oportunamente, archívese.- CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA MUNICIPAUDAD DE CONCORDIA y "CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LA BIANCA" Entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada en este acto por su PRESIDENTE MUNICIPAL, Don ALFREDO DANIEL FRANCOLINI, asistido por el Jefe de Gabinete y Gobierno, Sr. Alberto Darío Armanazqui y el Secretario de Deportes, Sr. Marcelo Cresto con domicilio en calle Mitre N° 76 de la ciudad de Concordia, en adelante "LA MMUNICIPALIDAD", por una parte y por la otra, el "CLUB SOCIAL y DEPORTIVO LA BIANCA", representada en este acto por su Presidente Don Juan José Acevedo, D.N.I. N° 30.015.652, Personería Jurídica N° 144, con domicilio en calle Jujuy y Eva Perón de la ciudad de Concordia, en adelante "EL CLUB", convienen en celebrar el presente convenio sujeto a las clausulas y condiciones que seguidamente establecen. PRIMERA: El CLUB brindara a LA MUNICIPALIDAD, durante el ciclo lectivo correspondiente al año 2.022, el espacio físico necesario para que allí se desarrollen clases de apoyo escolar, para niños y jóvenes, que lo necesiten. Asimismo el CLUB manifiesta que se hace cargo de los seguros correspondientes para tal actividad. SEGUNDA: "LA MUNICIPALIDAD", a través de la Secretaria de Deportes se compromete a brindar toda la logística correspondiente (Maestros, bancos, material de estudio, etc.) para llevar adelante los fines establecidos en la clausura Primera del presente.- TERCERA: Los días y horarios para el desarrollo de las actividades, serán convenidos por la Secretaria de Deportes y EL CLUB, de acuerdo a la demanda y a la disponibilidad del lugar, atento a las restantes actividades que se realizan en dicho club. CUARTA: Para cualquier controversia emergente del presente convenio, las partes se someten a la justicia ordinaria de la cuidad de Concordia, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilio a todos los efectos legales en los enunciados ut-supra. Como prueba de conformidad las partes firman el presente convenio que se extenderá en tres (3) ejemplares de un mismo tenor y al solo efecto, en la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos a los 2 días del mes de 2.022.-
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