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TITULO:   Convenio entre Cooperativa Electrica y Otros Servicios de Concordia y Municipalidad de Concordia
DECRETO Nº 266 FECHA: 02.03.2022 PUBLICADO: 07.03.2022 ARTICULO 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el CONVENIO, suscripto por una parte, por la COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LIMITADA, con domicilio legal en calle Urquiza N° 600, de la ciudad de Concordia, representada en este acto por el Señor Marcelo Rubén SPINELLI, D.N.I. N° 13.940.174, la Señora Hilda Beatriz RACEDO, D.N.I. N° 10.072.148 y el Señor Ángel Julio Pérez, D.N.I. N° 10.071.938, en su carácter de presidente, secretaria y tesorero respectivamente, del Consejo de Administración, y por la otra parte, la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por el Sr. Presidente Municipal, Don Alfredo Daniel FRANCOLINI, D.N.I. N° 16.360.154, asistido en este acto por el Sr. Jefe de Gabinete y Gobierno, Don Alberto Armanazqui, D.N.I. N° 14.998.523 y la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano, Arq. Mireya Liliana LOPEZ BERNIS, D.NJ. N° 12.426.693, con domicilio legal en la calle Mitre, N° 76 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, que forma parte del presente, como Anexo, dado lo considerado precedentemente. ARTICULO 2°.- Dispónese que, la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas, la Contaduría y la Secretaría de Desarrollo Urbano tomen, debida nota. ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dese a la Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente archívese.- CONVENIO DE OBRA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y COOPERATIVA ELECTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LTDA. En la ciudad de concordia Provincia de entre Ríos a los 10 días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno, entre la Municipalidad de la Ciudad de Concordia, con domicilio en calle B Mitre N° 76 representada en este acto por su Presidente Municipal Sr. Alfredo Daniel Francolini DNI N° 16.360.154 asistido por la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano Arq. Mireya Liliana López Bernis DNI N° 12.426.693 en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y otro parte la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios de Concordia Limitada, con domicilio legal en calle Urquiza N° 600 representada en este acto por el Marcelo Rubén Spinelli, DNIN° 13.940.174, Sra. Hilda Beatriz Racedo, DNI N° 10.072.148 y el Sr. Ángel Julio Pérez, DNI. N° 10.071.938, en su carácter de presidente, secretaria y tesorero respectivamente, del Consejo de Administración, en adelante LA COOPERATIVA, y en conjunto LAS PARTES, acuerdan celebrar el presente Convenio, el que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA - ANTECEDENTES LA MUNICIPALIDAD ha solicitado a LA COOPERATIVA la confección de distintos proyectos para varios barrios de la Ciudad, para la EJECUCIONDE REDES DE SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA Y ALUMBRADO PUBLICO EN LA LOCALIDAD DE CONCORDIA, bajo el programa de Inclusión Eléctrica Nacional (PROINEN). SEGUNDA - OBRA LA MUNICIPALIDAD contrata a LA COOPERARTIVA para la ejecución de los siguientes proyectos, cuyas memorias y presupuestos detallados se adjuntan formando parte del presente: · PROYECTO N° 9382: B° EL TERO - Repotenciación y remodelación de S.E.T. N° 295, extensión de red de distribución aérea trifásica de baja tensión y alumbrado público con cable pre ensamblado y sistema anti-hurto de Iluminaria de A° P°, tipo Led”, para brindar servicio eléctrico a 31 Lotes ubicados en calle: Dr. Florenza, Maestra V. Peñaloza, Tte. Ibáñez y Republica del Líbano. El costo total del proyecto asciende a la suma de Pesos Tres Millones Sesenta y Siete Mil Ochocientos diecinueve con 37/100 + IVA ($ 3.067.819,37+IVA).------ · PROYECTO N° 9492: B° SAN MIGUEL. II- "Repotenciación y remodelación de S.E.T. N° 1196, extensión de red de distribución aérea trifásica de baja tensión y A° P° con cable pre ensamblado y sistema anti hurto y montaje de luminarias de A° P°, Tipo Led", para brindar servicio eléctrico a 261 lotes ubicados en calle: Dr. Florenza, Maestra López, calle Publica y Juan León Solá. EI costo total del proyecto asciende a la suma de Pesos Tres Millones; Trescientos Treinta y Cinco Mil Setecientos Treinta y Ocho con 48/100+IVA ($ 3.335.738,48 + IVA)-------- · PROYEGTO N° 9629: B° CONSTITUCION /FATIMA I “Extensión de red de distribución aérea trifásica de baja tensión y A° P°; con cable preensamblado y sistema anti-hurto y montaje de luminarias de A° P°, Tipo Led", para brindar servicio eléctrico a sector delimitado por calles: Bvard. Yuquerí, J. J. Valle, Dr. Alda “Sur" y CarlosR. Arias. El costo total del proyecto asciende a la suma de Pesos Once Millones Setecientos Cincuenta y Cinco Mil Quinientos Quince con 81/100+IVA ($ 11.755.515,81+IVA).------- · PROYECTO N° 10283: B° ISLAS MALVINAS - "Extensión de red de distribución aérea trifásica de baja tensión y A°P° con cable pre ensamblado y sistema anti-hurto y montaje de iluminarías de A° P°, Tipo Led", para brindar servicios eléctrico a dos cuadras en las inmediaciones de Gral. Medina y Marcelo Closter. El costo total del proyecto asciende a la suma de Pesos Un Millón Cincuenta y Seis Mil Quinientos Setenta y Uno con 64/100 + IVA ($ 1.056.571,64+IVA). La ejecución del presente proyecto está supeditada a la cesión y apertura de las cales involucradas.------- · PROYECTO N° 10298: B° LAVARDEN- Extensión de red de distribución aérea trifásica de baja tensión y A° P° con cable pre ensamblado y sistema anti-hurto y montaje de luminarias de A° P°, Tipo Led, para brindar servicios eléctrico al sector delimitado por calles; Nogoyá, De los Viñedos, Mario Gatto y Arroyo Sin Nombre. EI costo total del proyecto asciende a la suma de Pesos Novecientos Noventa y Nueve Mil Ciento Ochenta y Cuatro con 33/00 + IVA ($ 99,9484. 33+IVA).-------- CONSTRUCCIÓN DE PILARES: las obras incluirán la construcción de los pilares para las futuras conexiones de energía. Los mismos serán ejecutados con materiales normalizados y bajo las regulaciones del EPRE (Ente Provincial Regulador de la Energía de Entre Ríos). El modelo constructivo a utilizar será de tipo premoldeado con las protecciones eléctricas adecuadas.------ TERCERA: FORMA DE PAGO: por la ejecución de los proyectos detallados en la clausula SEGUNDA, LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar a LA COOPERATIVA, en concepto de obra eléctrica la suma de Pesos Veintinueve Millones Seiscientos Trece Mil Quinientos Dieciséis con 16/100 ($ 29.613.516,16), mediante un anticipo del 30% dentro de los 10 días hábiles condicionado al efectivo ingreso a las arcas municipales de los fondos provenientes, de Nación.----- Mensualmente se realizara la certificación de las obras. Debiendo deducir proporcionalmente del monto certificado y conforme al avance de obra el anticipo financiero. El certificado será mensual y deberá contener los ítems y cantidades que se pretendan contabilizar como avance físico.------ CUARTA: PLAZO DE OBRA: LA COOPERATIVA se compromete a realizar los mayores esfuerzos a los fines de ejecutar las obras dentro del plazo previsto de 150 (ciento cincuenta) días corridos. El mismos se computara a partir de la cancelación del anticipo, dicho plazo se extenderá en casos extraordinarios, fortuitos de fuerza mayor y por razones meteorológicas todos debidamente fundados.--------- QUINTA: DONACION DE OBRAS: Confórmelo establecido en el punto 1.10 del Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica, una vez finalizadas las obras objeto del presente Convenio LA MUNICIPALIDAD se obliga a ceder en donación a LA COOPERATIVA todas las obras de tendido eléctrico ejecutadas por el presente Convenio quedando la operación y mantenimiento a cargo de LA COOPERATIVA. Para el supuesto que LA MUNICIPALIDAD se negare a formalizar la donación en la forma y modo establecido en el presente, LA COOPERATIVA quedara facultada a no prestar el suministro de energía eléctrica y/o suspender el mismo para el caso que ya se estuviera prestando.--------- SEXTA: ALTA DE PAGO: La falta de pago de los certificados especificados en la Clausula TERCERA del presente contrato, constituirá en mora a LA MUNICIPALIDAD y dará derecho a LA COOPERATIVA a liquidar los recargos por mora que correspondan según lo previsto en el Decreto N° 098/2011-punitorios del cuatro por ciento (4%) mensual.-- SEPTIMA: DOMICILIO - JURISDICCION: para todos los efectos legales del presente Convenio, LAS PARTES constituyen como domicilio legal los Domicilios señalados al principio del presente, donde se tendrán por validas las notificaciones que pudieran tener con motivo o en relación con el mismo. Queda convenida la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, haciendo renuncia expresa los firmantes a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.----- No siendo para más previa lectura ratificación del presente firman LAS PARTES tres (3) ejemplares de un mismo tenor y al solo efecto, otorgándose una (1) copia para LA COOPERATIVA y DOS (2) para LA MUNICIPALIDAD en el lugar y fecha ya indicado.
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