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TITULO:   Organica de Secretaria de Deportes
DECRETO Nº 1479 FECHA: 23.12.2021 PUBLICADO: 28.12.2021 ARTICULO 1º.- Establécese que la estructura orgánica, administrativa y funcional de la Secretaría de Deportes de la Municipalidad de Concordia, creada a través de la Ordenanza 37530/2021, estará conformada por las siguientes Coordinaciones, Departamentos, Divisiones y Áreas, con las misiones, competencias y niveles conforme a lo dispuesto en el presente Decreto, a saber: ARTICULO 2º.- La Coordinación De Gestión, tendrá a su cargo todo lo referido a la organización y cumplimiento de las normas que se dicten para el funcionamiento de la Secretaría y de las dependencias que la componen. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá rango de Subsecretaría nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTÍCULO 3º.- La Coordinación del Polideportivo, tendrá a su cargo la total coordinación del Polideportivo, además de coordinar el trabajo articulado con las distintas instituciones que allí existen y realizan distintas actividades en forma sistemática, como así también con todas las Asociaciones, Deportivas, Culturales y Educativas que por razones organizativas y de infraestructura deseen fomentar las actividades que se encuentren abocados. Se relacionará en forma Directa con el Secretario de Deportes. Tendrá rango de Dirección Política nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTÍCULO 4º.- La Secretaría Privada, tendrá a su cargo la atención de los asuntos privados del Secretario, llevará el control y registro de las audiencias e invitaciones y atenderá los asuntos y relaciones políticas que le encomiende el Secretario. Se relacionará en forma directa con el Secretario de Deportes. Tendrá rango de Departamento Político nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 5°.- La Clínica de Atención al Deportista, tendrá a su cargo la organización y coordinación de la Sala de Evaluación Deportiva y los demás consultorios que funcionen en el Polifuncional o fuera de él, que se relacionen con atenciones psicológica deportiva y servicio de cardiología, kinesiología y nutrición y coordinar el funcionamiento del gimnasio existente en el lugar. Se relaciona con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá rango de Departamento nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTÍCULO 6°.- El Departamento Despacho, tendrá a su cargo todo lo inherente a la tramitación de las notas y expedientes que ingresen a la Secretaría, la confección de proyectos de Resoluciones, Decretos, Ordenanzas, etc., y colaborará en toda la tarea administrativa que requieran el resto de los Departamentos que conforman la Secretaría. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través de la Dirección de Administración y Despacho. Tendrá rango de Departamento Político nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 7º.- El Departamento Mesa de Entradas, tendrá a su cargo el registro del movimiento de expedientes, notas y demás documentación administrativa, tanto los que ingresen como los que egresen de la Secretaría, llevando el correspondiente registro en cada caso. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través de la Dirección de Administración y Despacho. Tendrá nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.-(1) ARTÍCULO 8º.- El Departamento Contable, tendrá a su cargo todo lo concerniente a la adquisición de materiales, insumos y servicios que requieran las actividades que se encaren y que el Secretario crea conveniente para el óptimo desarrollo de la Dependencia, y será la encargada de todo el manejo contable de la Secretaría (Liquidaciones, Rendiciones, etc.). Se relacionará con la Secretario de Deportes a través de la Dirección de Administración y Despacho. Tendrá nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.-(1) ARTÍCULO 9º.- La División Compras, tendrá a su cargo la solicitud y confección de presupuestos para las diferentes compras que se efectúen para las distintas áreas de la Secretaría. Coordinará con los proveedores forma y entrega de los elementos y servicios adquiridos. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Departamento Contable. Tendrá nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 10°.- La Coordinación de Proyectos y Estadísticas, tendrá a su cargo la elaboración de encuestas recolección de datos, análisis, elaboración de informes y carga de datos, el estudio de informes estadísticos, elaboración de planes y programas adaptados a las nuevas tecnologías de desarrollo deportivo. Seguimiento de las políticas deportivas, planes y programas, evaluando el grado de efectividad en su implementación. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá rango de Dirección nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.-(2) ARTICULO 11º.- La Coordinación Deportiva tendrá a su cargo todo lo referido a la aplicación, interpretación y cumplimiento de las normas dictadas y a dictarse, en materia de actividad deportiva que se desarrollen en los distintos ámbitos de la ciudad. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Director de Deporte Social. Tendrá rango de Dirección nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 12º.- El Departamento Liga Social, tendrá a su cargo la organización, coordinación y seguimiento de las Ligas Sociales de las diferentes disciplinas deportivas que se encaren desde la Secretaría. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Director de Deporte Social. Tendrá rango de Departamento nivel 1.- ARTÍCULO 13º.- El Departamento Programa Deportivo tendrá a su cargo todo lo relacionado a los programas que en las distintas etapas del deporte se organicen desde la Secretaría, teniéndose entre ellas el Programa de Promoción Deportiva, el Programa de Deporte Especial para chicos especiales, el Recreativo de Verano, etc. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador Deportivo. Tendrá nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 14°.- El Departamento de Eventos y Capacitación, tendrá a su cargo la organización de los eventos deportivos que emanen de la Secretaría, ya sea los Encuentros Barriales entre los Centros de Trabajo de los Programas que se encaren, los Juegos Evita y de la Concordia, etc., y también será la encargada de planificar y organizar cursos de capacitación para el personal de la Secretaría. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través de la Coordinación Deportiva. Tendrá nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 15º.- La Coordinación de Logística tendrá a su cargo la realización de todos los trabajos concernientes al mantenimiento y conservación de las oficinas de la Secretaría de Deportes y de los lugares de trabajo que dependen de la misma; tendrá a su cargo el armado y desarmado de las estructuras necesarias en los lugares donde se desarrollen eventos organizados por la Secretaría o en aquellos de terceros donde se preste colaboración y será el responsable del resguardo y cuidado de las maquinarias y herramientas se utilicen para sus funciones. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá rango de Departamento Político nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 16º.- La División Taller, tendrá a su cargo la confección, el armado y el mantenimiento de los elementos de hierro que se utilizan en los diferentes Centros Deportivos (arcos de futbol, parantes de voley, tableros de basquet) y de aquellas instituciones que lo indique la Secretaría. Se relacionará con la Secretaría de Deportes a través de la Coordinación Logística. Tendrá nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 17º.- La Coordinación del Estadio Municipal, tendrá a su cargo el cuidado, mantenimiento y coordinación de horarios del Estadio Municipal de Futbol sito en el predio del Polideportivo. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá rango de Dirección nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 18º.- El Área Pileta Tavella, tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte de la Pileta de Avda. Tavella y Vías del FF.CC.. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 19º.- El Área Albergue, tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte del Albergue sito en el Polideportivo de nuestra ciudad. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 20º.- El Área Gimnasio y Plaza del Deporte, tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte del Gimnasio Municipal y la Plazoleta de los Deportes. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 21º.- El Área Polideportivo Víctor Oppel, tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte del Polideportivo Víctor Oppel. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá rango de Departamento Político nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTÍCULO 22º.- El Área Pista de Atletismo, tendrá a su cargo la atención y el mantenimiento de las instalaciones que forman parte de la Pista de Atletismo que se encuentra en el Centro de Desarrollo Deportivo del Noreste Argentino (C.D.D.N.E.A.). Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTÍCULO 23º.- El Área Cancha de Hockey, tendrá a su cargo el cuidado, mantenimiento y coordinación de horarios de la Cancha de Hockey de agua sita en el predio del Polideportivo Municipal. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente ARTICULO 24°.- La Coordinación de Talleres Barriales, tendrá a su cargo la promoción y contención social en los distintos barrios de la ciudad; promoviendo talleres artísticos, culturales, manuales pedagógicos proyectado una posible salida laboral, dirigido a jóvenes y adultos de la comunidad. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá rango de Directora Política nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTÍCULO 25°.- El Departamento de Educación, tendrá a su cargo la articulación institucional entre las distintas dependencias municipales con el objetivo de incluir Políticas de Educación dirigidas a la inclusión e integración social. Promoverá la interrelación y coordinación con las instituciones educativas de la ciudad tendientes a lograr una mayor optimización de los recursos humanos, logísticos y económicos. Elaborara propuestas de programas y actividades que lleven adelante las políticas institucionales diseñadas al efecto. Coordinara la ejecución de las distintas etapas de formación y capacitación. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá rango de Dirección nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTÍCULO 26°.- La Unidad de Administración y Despacho tendrá a su cargo la recepción y control de la documentación que ingrese al Departamento, también llevará un registro de las tareas asignadas, tendrá el control de las compras que realice el Departamento de Educación. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Coordinador de Gestión. Tendrá rango de Dirección nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 27º.- La Unidad Mesa de Entradas y Despacho, tendrá a su cargo la orientación de la documentación, elaborando informes, providencias y notas correspondientes, efectuar el diligenciamiento, archivo, registro y entrega de la correspondencia. Confeccionar los actos administrativos originados en el Departamento de Educación y todos aquellos destinados a dar cumplimiento de la actividad municipal .Realizar cada una de las tareas y funciones que al efecto le establezca su jefe inmediato superior, con sujeción a la normativa vigente y aplicable. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través de la Unidad de Administración y Despacho. Tendrá rango de Área nivel 2 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 28º.- La Unidad de Compras y Suministros, tendrá a su cargo llevar adelante las tareas, funciones y actos contables, referidos a las compras que se dispongan desde el Departamento de Educación. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través de la Unidad de Administración y Despacho. Tendrá rango de Área nivel 2 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente ARTICULO 29°.- La Coordinación de Proyectos e Innovación, tendrá a su cargo la organización y funcionamiento en la planificación, ejecución, control y elaboración de proyectos que sean considerados estratégicos para la función del Departamento de Educación. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Departamento de Educación, Tendrá rango de Departamento Político nivel 3 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 30°.- La Coordinación de Educación Formal, tendrá a su cargo la intervención en las políticas de educación formal dirigida a los alumnos y ciudadanos en situación de vulnerabilidad social, coordinando acciones con las instituciones educativas, locales, provinciales y/o nacionales con la finalidad de lograr la alfabetización y mejorar sus condiciones básicas de vida, a través de la capacitación y formación de los mismos. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Departamento de Educación. Tendrá rango de Departamento Político nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 31°.- La Coordinación de Educación No Formal, tendrá a su cargo la capacitación y formación del personal municipal con la finalidad de superar sus condiciones laborales y personales a través de la cooperación, coordinación e implementación de convenios, pasantías, etc, con instituciones educativas de la ciudad. Tendrá a su cargo el Programa Municipal Escuelas de Oficios. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Departamento de Educación. Tendrá rango de División nivel 1 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- ARTICULO 32º.- La División Despacho de la Dirección de Turismo Social tendrá a su cargo la responsabilidad de la mesa de entradas ingreso, distribución y egreso de expedientes, elaboración de notas, decretos y resoluciones, atención de teléfono, y colaborar en todas las tareas y funciones que le sean establecidas o indicadas por los responsables superiores jerárquicos. Será el responsable de la realización de los trámites contables de la Dirección. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Director de Turismo Social. Tendrá rango de Departamento Político nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente. ARTICULO 33º.- La Coordinación Turística tendrá a su cargo la organización, coordinación, tramitación con municipios y ONG para la concreción de los viajes turísticos dirigidos a la inclusión e integración social y turística. Se relacionará con el Secretario de Deportes a través del Director de Turismo Social. Tendrá rango de Departamento Político nivel 3 de acuerdo a lo previsto en la escala salarial vigente.- DESIGNACIONES: ARTICULO 34º.- Desígnase Coordinador del Polideportivo al Señor Lic. ALFREDO MARIO LEGARRETA, Documento Nacional de Identidad Nº 14.021.739, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 3º del presente Decreto.- ARTICULO 35º.- Desígnase Secretario Privado al Señor RICARDO ESTEBAN PATRONE, Documento Nacional de Identidad Nº 23.613.302, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 4º del presente Decreto.- ARTICULO 36º.- Desígnase Jefe de la Clínica de Atención al Deportista al Señor Kinesiólogo PABLO DANIEL SAGASTI, Documento Nacional de Identidad Nº 31.815.778, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 5º del presente Decreto.- ARTICULO 37º.- Desígnase Coordinador de Despacho al Señor BRIAN NAHUEL ANDINO, Documento Nacional de Identidad Nº 36.599.574, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 6º del presente Decreto.- ARTÍCULO 38º.- Desígnase Jefa de la División Compras a la Señora DAIANA GISELE CEVEY, Documento Nacional de Identidad Nº 30.483.290, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 9º del presente Decreto.- ARTICULO 39º.- Desígnase Coordinador de Proyectos y Estadísticas a la Señora JULIA CARINA GONZALEZ, Documento Nacional de Identidad Nº 22.660.881, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 10º del presente Decreto.-(2) ARTICULO 40º.- Desígnase Coordinador Deportivo al Señor Prof. EDGAR DAVID BENITEZ, Documento Nacional de Identidad Nº 27.812.304, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 11º del presente Decreto.- ARTICULO 41º.- Desígnase Jefa del Departamento Deportivo a la Agente Municipal Señorita BLANCA MARIA NOEL CASTAÑO, Documento Nacional de Identidad Nº 28.333.347, Clase 1980, Legajo Nº 4933, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 13º del presente Decreto.- ARTICULO 42º.- Desígnase Jefa del Departamento de Eventos y Capacitación a la Agente Municipal Señora YANINA GRACIELA RACEDO, Documento Nacional de Identidad Nº 28.140.459, Clase 1981, Legajo Nº 4949, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 14º del presente Decreto.- ARTICULO 43º.- Desígnase Coordinador de Logística al Señor MAXIMILIANO ROMBOLÁ, Documento Nacional de Identidad Nº 35.299.698, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 15º del presente Decreto.-(=) ARTICULO 44º.- Desígnase Jefe de la División Taller al Agente Municipal Señor DIEGO RAUL MANJARIN, Documento Nacional Nº 25.398.695, Clase 1976, Legajo Nº 4992, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 16º del presente Decreto.- ARTICULO 45º.- Desígnase Jefe del Área Pileta Tavella al Agente Municipal Señor JULIO ROMERO, Documento Nacional de Identidad Nº 14.162.785, Clase 1961, Legajo Nº 3384, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 18º del presente Decreto.- ARTICULO 46º.- Desígnase Jefe del Área Albergue al Agente Municipal Señor ANTONIO ARIEL RUIZ DIAZ, Documento Nacional de Identidad Nº 18.420.096, Clase 1967, Legajo Nº 2179, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 19º del presente Decreto.- ARTICULO 47º.- Desígnase Jefe del Área Gimnasio y Plaza del Deporte al Agente Municipal Señor JUAN CARMELO PONCE, Documento Nacional de Identidad Nº 16.794.235, Clase 1964, Legajo Nº 5589, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 20º del presente Decreto.- ARTICULO 48º.- Desígnase Jefe del Área Polideportivo Víctor Oppel al Señor MARIO GARRAMONE, Documento Nacional de Identidad Nº 14.998.963, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 21º del presente Decreto.-(&) ARTICULO 49º.- Desígnase Jefa del Área Pista de Atletismo a la Agente Municipal Señora NANCY SOLEDAD GALLO, Documento Nacional de Identidad Nº 28.333.174, Clase 1980, Legajo Nº 6602, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 22º del presente Decreto.- ARTICULO 50º.- Desígnase Coordinadora de Talleres Barriales a la Señora SONIA MABEL ALBORNOS, Documento Nacional de Identidad Nº 20.457.379, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 24º del presente Decreto.- ARTICULO 51º.- Desígnase Jefe del Departamento de Educación al Señor Prof. EMILIANO VALLEJOS, Documento Nacional de Identidad Nº 27.618.657, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 25º del presente Decreto.- ARTICULO 52º.- Desígnase Jefa de la Unidad de Administración y Despacho del Departamento de Educación a la Agente Municipal Señora GISELA PAOLA PALAZZOTTI, Documento Nacional de Identidad Nº 31.211.073, Clase 1984, Legajo Nº 5464, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 26º del presente Decreto.- ARTICULO 53º.- Desígnase Jefe de la Unidad Mesa de Entradas y Despacho del Departamento de Educación al Agente Municipal JOSE IGNACIO ALVAREZ, Documento Nacional de Identidad Nº 24.054.459, Clase 1975, Legajo Nº 4365, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 27º del presente Decreto.- ARTICULO 54º.- Desígnase Jefe de la Unidad de Compras y Suministros del Departamento de Educación al Agente Municipal Señor Prof. RAMIRO JAVIER ALVAREZ, Documento Nacional de Identidad Nº 23.009.190, Clase 1973, Legajo Nº 4729, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 28º del presente Decreto.- ARTICULO 55º.- Desígnase Coordinadora de Proyectos e Innovación del Departamento de Educación a la Señora Prof. GABRIELA GALLINGER, Documento Nacional de Identidad Nº 23.433.264, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 29º del presente Decreto.- ARTICULO 56º.- Desígnase Coordinador de Educación Formal del Departamento de Educación al Señor Prof. EXEQUIEL NICOLAS SANABRIA, Documento Nacional de Identidad Nº 34.681.201, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 30º del presente Decreto.- ARTICULO 57º.- Desígnase Coordinador de Educación No Formal del Departamento de Educación al Agente Municipal Señor Prof. ALBERTO EDUARDO BARROS, Documento Nacional de Identidad Nº 31.365.073, Clase 1984, Legajo Nº 4828, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 31º del presente Decreto.- ARTICULO 58º.- Desígnase Jefa de la División Despacho de la Dirección de Turismo Social a la Señora ROXANA GRACIELA BLANCO, Documento Nacional de Identidad Nº 31.260.208, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 32º del presente Decreto.- ARTÍCULO 59º.- Desígnase Coordinadora Turística de la Dirección de Turismo Social a la Señorita MACARENA YASMIN CEVEY, Documento Nacional de Identidad Nº 37.466.392, quien desempeñará las funciones y tareas establecidas en el Artículo 33º del presente Decreto.- ARTICULO 60º.- La presente estructura orgánica tendrá vigencia a partir del día 16 de Diciembre de 2.021.- ARTÍCULO 61º.- Deróguese toda norma similar o de menor jerarquía a la presente. ARTÍCULO 62º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. (=) Articulo dejado sin efecto mediante Decreto Nº 56-2022 (&) Articulo dejado sin efecto mediante Decreto Nº 71-2022 (1) Articulos dejados sin efecto mediante Decreto Nº 180-2022 (2) Articulos dejados sin efecto mediante Decreto Nº 181-2022
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