DECRETO Nº 1264
FECHA: 18.11.2021
PUBLICADO: 18.11.2021
ARTICULO 1°.- Dispónese la apertura de una Cuenta Comitente en el Agente de Liquidación y Compensación CENTAURUS (Registro N° 137 de la C.N.V) a nombre de la Municipalidad de Concordia a través de la cual se realizarán las distintas operaciones de inversiones financieras que encomiende este Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 2°.- Establécese que la solicitud de apertura ante el AL. y C. mencionado en el artículo 1° deberá suscribirse con la firma conjunta del Presidente Municipal, Secretario de Hacienda y Finanzas Públicas y la Tesorería Municipal.
ARTICULO 4°.- Autorizar a la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas a través de la Tesorería Municipal a realizar las gestiones necesarias con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto. Para el caso de que no existan inversiones ni se realicen operaciones por un período mayor a doce meses, la Tesorería Municipal se encontrará facultada para disponer el cierre de la cuenta comitente de marras.
ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, dese a la Secretaría de Hacienda y finanzas Públicas, a la Contaduría y Tesorería para su conocimiento, toma de razón e intervención y oportunamente archívese.-