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TITULO:   Convenio entre Municipalidad de Concordia y Asociacion Civil Luz del Ibera
DECRETO Nº 980 FECHA: 06.09.2021 PUBLICADO: 07.09.2021 ARTICULO 1°.- Téngase presente en todos sus términos el CONVENIO ESPECIFICO, firmado el día 27 de Agosto del año 2021, entre la Municipalidad de Concordia, representada por el Presidente Municipal, Señor ALFREDO DANIEL FRANCOLINI, asistido en ese acto por la Señora Secretaria de Desarrollo Urbano, ARQ. MIREYA LILIANA LOPEZ BERNIS, por una parte y por la otra; la ASOCIACIÓN CIVIL "LUZ DEL IBERÁ", representada por Señora MARIA MANUELA PERALTA, en su carácter de Presidenta de la ONG que forma parte integrante del presente Decreto como Anexo, conforme en los considerandos precedentes. ARTICULO 2°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Catastro de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas y a la Secretaría de Desarrollo Urbano. ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Coordinación de Gestión y oportunamente, archívese. CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y LUZ DEL IBIRA ASOCIACION CIVIL (AULA SUSTENTABLE) En la, cuidad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 27 días del mes de Agosto de 2021, entre la "MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA", con domicilio legal en calle MITRE N° 76 de esta ciudad, representada en este acto por su Presidente Municipal, Dn. Alfredo FRANCOLINI, asistido por la Secretaria de Desarrollo Urbano Arq. Mireya LOPEZ BERNIS, en adelante "La Municipalidad" por un parte y por la otra, Luz del Ibirá Asociación Civil Personería Jurídica N° 2.166.581 DPJ, en adelante "La ONG", con domicilio legal en 1° de Mayo 418 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, representada en este acto por su Presidenta la Sra. María Manuela Peralta, DNI 12.126.663, acuerdan lo siguiente: ------------ Que en virtud del Convenio Marco de colaboración entre la Municipalidad y la ONG, celebrado el día 04 de Agosto de 2021, Ratificado por Decreto N° 895/2021, de fecha 13/08/2021, en actividades de preservación y educación ambiental, firmado entre las partes, estas acuerdan celebrar el presente CONVENIO ESPECIFICO, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:---------- PRELIMINAR Que la ONG ha sido convocada por la Organización TAGMA, que ha construido escuelas Sustentables junto a la Empresa DirecTV en Chile y la Escuela Jaureguiberry de Uruguay. A raíz de esa convocatoria los han seleccionado para construir un Aula Sustentable para trabajarla Educación Ambiental en nuestra ciudad y región y es la primera en Argentina.----- El espacio en el que se instalará, pertenece al Estado Nacional cedido mediante convenio al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y administrado por la Corporación de Desarrollo de Salto Grande (CODESAL) según Decreto N° 252/2005 GOB. y por Convenio celebrado entre CODESAL y la ONG -que se adjunta formando parte del presente- la primera otorga el uso de 5000 m2, situados en la zona del Perilago, (consta el croquis de ubicación en el convenio mencionado), para la construcción del AULA DE EDUCACION AMBIENTAL - AULA SUSTENTABLE, en miras de brindar una educación transformativa que amalgama objetivos de educación y economía sustentable, según detalles que obran en el proyecto que la asociación civil acordó con la, asociación uruguaya sin fines de lucro TAGMA.----------- La Construcción del edificio educativo, se realizará a través de talleres de Bioconstrucción, acorde a la modalidad de construcción colectiva de voluntarios (Org. TAGMA y DTV), Luz del Ibirá en convenio con CODESAL. El proyecto de diseño es de A77 Estudio, con participación del INTA a través del Ing. Martín Sánchez Acosta, TAV Estudio de Arquitectura, Municipalidad de Concordia a través de Desarrollo Urbano, UDMPA, Dirección de Relaciones Internacionales. Cuenta con el apoyo de DDE, Concordia y et CGE del Gobierno de Entre. Ríos. Esta propuesta beneficia a la comunidad y región, centrado en lo educativo y con proyección al desarrollo de proyectos agroecológicos y de conservación que a meritan los nuevos tiempos.---------- En el aula sustentable se realizarán actividades relacionadas con: Huerta Orgánica/Huertas escolares - Procesos de preparación de suelos para huertas urbanas, escolares y familiares.- Huerta Urbana/montes comestibles/ pradera medicinal - Jardín y Huerta vertical/ cultivos en espacios reducidos - Construcción de Mariposarios - Senderismo Interpretativo (monte y pastizal)- Guías de Senderos Curso - Identificación, cosecha y elaboración con Gastronomía de Monte - Vivero de Nativas ( para restauración ambiental de espacios naturales) - Compostado orgánico _ Lumbricultura - Abonos orgánicos - Preparados naturales para higiene y sanidad humana - Reutilización de elementos pre residuales: Muebles, Arte reciclado. - Bioconstrucción - Hornos y cocinas en barro - Techos verdes - Procesos asociados a la vinificación, cosecha, fermentación, prensa y asentamiento de vino. Degustación y maridaje con gastronomía de monte.------ CLASULA PRIMERA - OBJETO: El presente Convenio Específico, se celebra a efectos de establecer las pautas de colaboración recíproca entre las partes, en la construcción del Aula Sustentable.------ CLAUSULA SEGUNDA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A) De la Municipalidad: Teniendo en cuenta el interés municipal en promover la educación ambiental, la preservación del ambiente natural de la región y su biodiversidad, se compromete a suministrar materiales y/o insumos para la construcción del Aula Sustentable, tales como 18 m3 de arena, 18 m3 de piedra para cimentación, un camión de tierra y un volquete de obra que se suministrará por única vez.-------------- B) De la ONG: En reciprocidad por la ayuda brindada por la Municipalidad, para la construcción del Aula, la ONG se compromete a:---- 1) Otorgar a la Municipalidad una beca completa para el curso de Bioconstrucción, en el que se construirá el Aula, a realizarse desde el 16 al 29 de agosto del corriente año.--------- 2) Brindar a la Municipalidad el uso del Aula Sustentable para que éste realice capacitaciones y/o actividades en materia ambiental, previo consensuar con la ONG días y horarios disponibles a tal fin.------------ CLAUSULA TERCERA-PLAZO El plazo de duración del presente será, respecto a las obligaciones asumidas por la Municipalidad, hasta la finalización de la construcción del Aula Sustentable y su espacio adyacente de apoyo y, respecto a las obligaciones contraídas por la ONG, hasta la fecha que expira el convenio marco de colaboración celebrado entre las partes.------- CLAUSULA CUARTA - RESPONSABILIDADES La ASOCIACION CIVIL exime de toda responsabilidad civil, comercial, administrativa y/o laboral a la Municipalidad declarando que su emprendimiento no tiene otra relación con el Municipio que las colaboraciones explicitadas en la presente.-------- CLAUSULA QUINTA - CONTROVERSIA Y JURISOICCION. Las partes se comprometen a resolver en forma directa y amistosa entre ellos y por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en el planteamiento y ejecución de las actividades, y en caso de contienda judicial se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de Concordia, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.----------- En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.--------------
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