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TITULO:   Restitucion de Inmuebles a favor de la Municipalidad de Concordia
DECRETO Nº 976 FECHA: 03.09.2021 PUBLICADO: 06.09.2021 ARTICULO 1°.- Acéptese la restitución de tres inmuebles a favor del Municipio que se desglosan.de una mayor superficie, propiedad del INSTITUTO AUTÁRQUICO DE PLANEAMTENTO y VIVIENDA, conforme lo estipulado mediante Resolución del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de Entre Ríos N° 0674/21 de fecha 20 de Abril de 2021, respecto a los Planos de Mensura N° 55906 (Espacio verde), 55932 (destinado a calle pública) y 55931 (destinado a equipamiento público), Matricula N° 105698, en la misma se han desglosado los planos correspondiente a calle pública y equipamiento público; a los efectos de que la Escribanía Mayor de Gobierno pueda terminar con la transferencia correspondiente, los que se ubican e identifican de la siguiente forma: Plano de Mensura N° 55906: Partida Provincial N°146793 - Lote "Espacio Verde" Provincia de Entre Ríos - Departamento Concordia y Ejido de Concordia - Zona de Chacras - Chacra 11 - Fracción D - Superficie: 1.063,47 m2 (Mil Sesenta y Tres Metros Cuadrados con Cuarenta y Siete Decímetros Cuadrados). Plano de Mensura N° 55932: Lote "Calles a donar a la Municipalidad de Concordia" -Provincia de Entre Ríos - Departamento Concordia y Ejido de Concordia - Zona de Chacras - Chacra 11 - Fracción D - Superficie: 9.101,15 m2 (Nueve Mil Ciento Uno Metros Cuadrados con Quince Decímetros Cuadrados). Plano de Mensura N° 55931: Partida Provincial N° 146773 - Lote "Reserva" - Provincia de Entre Ríos - Departamento Concordia y Ejido de Concordia - Zona de Chacras ¬Chacra 11 - Fracción D - Superficie: 1.232,66 m2 (Mil Doscientos Treinta y Dos Metros Cuadrados con Sesenta y Seis Decímetros Cuadrados). ARTICULO 2°.- Dispónese que se remita a través de nota de estilo, copia del presente Decreto, a fin de la Escribanía Mayor de Gobierno cumplimente lo establecido en el Artículo 2° de la Resolución de Directorio N° 0674/21 de fecha 20 de Abril de 2021. ARTICULO 3°.- Gírese a conocimiento del Departamento Asesoría Legal y Técnica dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, debiéndose dar intervención a la Dirección de Catastro y en su oportunidad, a la Dirección de Rentas, ambas, dependientes de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas. ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría Jefatura de Gabinete y Gobierno, y oportunamente, archívese.
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