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TITULO:   Subsidio no reintegrable al Sr. Dylan Van Der Hock
DECRETO Nº 860 FECHA: 04.08.2021 PUBLICADO: 09.08.2021 ARTICULO 1°.- Apruébese la presente erogación y otorgar, un subsidio no reintegrable y con cargo de rendición de cuentas al SR. DYLAN VAN DER HOCK DNI 44.210.347, por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00) a los fines de atender los gastos emergentes según los motivos indicados en el Considerando precedente.- ARTICULO 2°.- Impútese la erogación indicada en el Articulo 1° a la partida Presupuestaria N° 0.4.90.01.03.04.34.02 SALUD Y DEPORTES. ARTICULO 3°.- Que lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto se dicta como excepción al Decreto N° 278/21 y 700/21, en virtud de lo expuesto. ARTICULO 4°.- Disponer otorgar un plazo de Treinta (30) días al Sr. DYLAN VAN DER HOCK DNI 44.210.347, en el cual deberá proceder a la rendición de los fondos que por la presente disposición se le otorga y de los que le fueran otorgados mediante Expedientes 1287908, 893 "S" 2020, y 271/D/21 , atento al informe de Contaduría. ARTICULO 5°.- Gírese a Contaduría y Tesorería a sus efectos. ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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