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TITULO:   Convenio Individual Entre la Universidad Tecnologica Nacional -UTN y Municipalidad de Concordia
DECRETO Nº 730 FECHA: 07.07.2021 PUBLICADO: 15.07.2021 ARTICULO 1°.- Ratifíquense los convenios individuales de pasantías educativa que forma parte del presente, suscripto oportunamente entre la Universidad Tecnológica Nacional (U.T.N) Facultad Regional Concordia (FRCon) y la Municipalidad de Concordia, pertenecientes a los Señores JOSE HERNAN DIAZ DNI N° 36.101.343, AUGUSTO ALEJANDRO BARCHI DNI N° 35.713.957 y SANTIAGO GABRIEL OLIVIE DNI N° 39.258.579, alumnos avanzados de la Carrera de Ingeniería Eléctrica; quienes desarrollarán sus pasantías en el área de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones de la Secretaría de Desarrollo Urbano, que la duración de las mismas serán de 6 meses, a partir del 01/05/2021; según los términos dispuestos por la Ley N° 26.424. ARTICULO 2°.- Esteblecese que lo dispuesto en el ARTICULO 1° del presente Decreto, se dicta como excepción al Decreto N° 278/2021. ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y, oportunamente archívese. CONVENIO PARTICULAR DEPASANTIA EDUCATIVA UTN FRCON Universidad Tecnología Nacional (UTN) Facultad Regional Concordia (FRCon) y MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA. ANEXO III DE LA RESOLUCION N° 1814/10 Que con fecha, Primero de Marzo de 2012, la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL CONCORDIA, CUIT N° 30-54667116-6 Y la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, CUIT N° 30-99901172-8 suscribieron un CONVENIO MARCO DE PASANTIAS.----- Que en ese entendimiento y de conformidad, entre MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, con domicilio social en Bme. Mitre N° 76, representada en este acto por el Presidente Municipal Señor ALFREDO DANIEL FRANCOLINI, asistido en este acto por la Secretaria de Desarrollo Urbano. Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS, con facultades suficientes, en adelante, LA MUNICIPALIDAD, la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Concordia, CUIT N°.30-64667116-6 domiciliada en Salta N° 277 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, representada por el Ingeniero JOSE JORGE PENCO, DNI N° 12.126.452, en su carácter de Decano, en adelante LA U.T.N. y el señor JOSÉ HERNÁN DIAZ, DNI N° 36.101.343, CUIL/CUIT N° 20-36101343-4, Alumno Regular de la Carrera de Ingeniería Eléctrica, Facultad Regional Concordia, Legajo N° 3375, con domicilio real en calle Montevideo N° 530, en adelante EL PASANTE, acuerdan celebrar el presente CONVENIO PARTICULAR DE PASANTIA, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: EL PASANTE declara conocer, aceptar y comprometerse a cumplir el régimen de Pasantes instaurados por la Ley N° 26.427, las disposiciones generales del CONVENIO MARCO DE PASANTIAS EDUCATIVAS, firmado y referenciado anteriormente dentro de cuyo espíritu y letra se desarrolla la Pasantía y el régimen disciplinario vigente en LA MUNICIPALIDAD.------ SEGUNDA: El seguimiento de la pasantía y de la actividad del PASANTE; así como su evaluación estará, por parte de la Empresa bajo responsabilidad del TUTOR del Tec. Mec. Elect. VILLALBA HECTOR ANDRES (Legajo N° 4812) CUIL 20-27782375-7 y/o quien se designe en su reemplazo. El Docente Guía por parte de la Facultad será la Sra. Ing. MARIA ISABEL JAUREGUI - CUIT 27-17263686-7 y/o quien se designe por la Facultad Regional Concordia, para cumplir dicha función. TERCERA: La MUNICIPALIDAD encomienda AL PASANTE, trabajos de electricidad en general, proyectos de alumbrado público y revisión de facturas eléctricas e inspecciones de índole eléctrica.---------- CUARTA: La Pasantía se llevara a cabo por el término de seis (6) meses, desde el 01/05/2021 hasta el 31/10/2021 cumpliendo un horario de Cuatro (4) horas diarias, comprendidas entre las 08:00 horas y las 12:00 horas de lunes a viernes, dejando constancia que con el presente acumula seis (6) meses. QUINTA: La Pasantía se realizara en LA MUNICIPALIDAD dentro del Área de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano con domicilio en Bme. Mitre N° 76 de esta ciudad.- SEXTA: EL PASANTE: percibirá, exclusiva y mensualmente, de LA MUNICIPALIDAD entre el día 1 y 5 o el subsiguiente hábil si este fuera feriado o no laborable, la suma de Pesos DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 90/100 ($ 19.610,90), en el ámbito de LA MUNICIPALIDAD, en concepto de retribución en calidad de estimulo que se calcula de acuerdo a lo establecido en al artículo 15 de la ley 26427. Siendo el convenio colectivo aplicable a los empleados Municipales de la Ciudad de Concordia, además pagará a la Facultad un CINCO PORCIENTO (5%) del total abonado al estudiante, en concepto de gastos administrativos.----- SEPTIMA: EL PASANTE recibirá, conforme a las características de las actividades que realicen, todos los beneficios regulares y licencia que se acuerden al personal según se especifique en la reglamentación.------- OCTAVA: EL PASANTE se compromete a cumplir con los reglamentos y disposiciones internas de LA MUNICIPALIDAD en donde se desarrollaran las pasantitas, tales como observar las normas de seguridad, higiene, disciplina, etc. que rigen en la misma, consideraran a su vez como información confidencial toda la que reciban o lleguen a su conocimiento relacionada con actividades, clientes, proveedores, procesos, formulas, métodos, etc. a las que tengan acceso directa o indirectamente, fuere durante o después de la expiración del plazo del presente convenio. Asimismo se comprometen a la no realización de actividades políticas, religiosas o proselitistas de ninguna índole. En caso que correspondiere, LA UTN y LA MUNICIPALIDAD determinaran el régimen de propiedad intelectual de las creaciones e innovaciones que resulten de la actividad del PASANTE.- NOVENA: LA MUNICIPALIDAD incluirá AL PASANTE en su Póliza de accidentes de trabajo (Aseguradora, Riesgos de Trabajo), de conformidad a la legislación vigente, durante el periodo de duración de la pasantía. Asimismo se otorgara al pasante una cobertura de salud cuyas prestaciones serán previstas en la Ley 23.000 - Ley de Obras Sociales - 23661 y la Resolución 1225/2009.--------- DECIMA: Para la renovación de la pasantía, el estudiante deberá acreditar la condición de alumno regular en el transcurso de la pasantía. El plazo de esta pasantía no podrá exceder de 12 meses renovable por otros 6 meses.---- DECIMA PRIMERA: El presente Convenio deberá contar con el acuerdo de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL a los afines de su plena vigencia y validez. En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tener y a un solo efecto, uno para LA MUNICIPALIDAD otro para el PASANTE y los restantes para la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL, FACULTAD REGIONAL CONCORDIA, en la ciudad de Concordia a los veintiún días del mes de Abril de 2021.------
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