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TITULO:   Medidas Sanitarias en Transporte Urbano de Pasajeros
ORDENANZA Nº 37361 SANCIONADA: 03.06.2021 PROMULGADA: 18.06.2021 PUBLICADA: 28.06.2021 ARTÍCULO 1°.- Exigir a los pasajeros que mantengan el distanciamiento social recomendado en las normas del Ministerio de Salud de la Nación. ARTÍCULO 2°.- Exigir a los pasajeros el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón. ARTICULO 3°.- Establecer el Uso obligatorio de Protector Mampara Barrera PCV Cristal a partir de doscientos (200) micrones de espesor, conocido como separador sanitario, en la cabina del conductor/chofer. ARTÍCULO 4°.- Disponer que cada unidad deberá contar con elementos sanitizantes para uso de los pasajeros como así también elementos de desinfección para el mantenimiento de las unidades dentro de las medidas sanitarias correspondientes. ARTÍCULO 5°.- Establecer el retiro de las cortinas, visillos y demás elementos de tela que pudiesen retener el virus en su entramado, con excepción de aquellos utilizados en los tapizados de las butacas y laterales de los vehículos. ARTÍCULO 6°.- Exigir que se mantengan abiertas las ventanillas de las unidades de transporte a los efectos de lograr un ambiente de constante y adecuada ventilación. ARTÍCULO 7°.- Facultar, al Departamento Ejecutivo, que determine la autoridad de aplicación de la presente norma que tendrá como función controlar, verificar, inspeccionar, constatar, intimar y multar en caso de ser necesario ante el incumplimiento de la misma. ARTÍCULO 8°.- Disponer, que la presente Ordenanza entre en vigencia a partir de su promulgación y estará vigente mientras dure el estado de emergencia decretado en materia sanitaria pudiendo ser extendida por el Departamento Ejecutivo Municipal si así lo considera conveniente. ARTÍCULO 9°.- Comunicar, a la Cámara de Transporte de la ciudad de Concordia, a las Empresas y Cooperativas que a está conforman. ARTÍCULO 10°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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