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TITULO:   Comisión - Apoyo - Pista -Atletismo
DECRETO N° 30284/1998 FECHA: 30.07.1998 PUBLICADO: 31.07.1998 ARTICULO 1°.- Crease la Comisión de Apoyo de la Pista de Atletismo del Polideportivo Municipal en el ámbito de la Dirección de Deportes que tendrá como misión y función velar por el mantenimiento y/o mejoras en lo ateniente a la pista propiamente dicha, como asimismo al terreno perimetral de la misma y concretar todas sus acciones necesarias para que el uso de la pista sea ajustado a las exigencias que regulan la materia.- ARTICULO 2°.- A los fines del cumplimento de lo señalado en el artículo 1°, la Comisión de Apoyo podrá realizar las gestiones pertinentes ante organismos provinciales, municipales, nacionales e instituciones deportivas y privadas, agrupaciones atléticas, sociales y culturales a los efectos de procurar contar con recursos económicos y materiales para la concreción de los objetivos establecidos en el presente decreto.- ARTICULO 3°.- Reconocer como miembros de la Comisión de Apoyo de la Pista de Atletismo a las siguientes personas: - VARGAS, HORACIO RAMON D.N.I. N° 8.421.302 - CASTRO, MARIA LUCRECIA D.N.I. N° 23.433.656 - CHIAPPA, MONICA ELIZABETH D.N.I N° 11.129.201 - VILCHES, JUAN JOSE D.N.I. N° 11.556.687 - CRRISTALDO, CESAR HUGO D.N.I. N° 13.350.855 - FERNANDEZ, JUAN DE DIOS D.N.I. N° 5.705.572 - GALIANO, ORLANDO D.N.I. N° 13.519.113 - GALLI, JOSE SANTOS D.N.I. N° 12.246.729 - GALARZA, RODOLFO D.N.I. N° 8.419.844 - CASAÑAS, JOSE FERNANDO D.N.I. N° 12.755.928 ARTICULO 4°.- Establécese que la comisión aludida podrá ser renovada anualmente en su constitución como asimismo en sus atribuciones y obligaciones inherentes a la función designada a través de la presente disposición.- ARTICULO 5°.- La comisión deberá elevar un informe semestralmente en donde indique actividades, ingresos y egresos producidos por las tareas asignadas ante la Dirección de Deportes y remitirse a consideración del Departamento Ejecutivo Municipal.- ARTICULO 6°.- La Comisión de Apoyo dictará su reglamento de funcionamiento y elegir sus autoridades en el término de sesenta (60) días.-
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