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TITULO:   Compromiso Economico del Departamento Ejecutivo Municipal
DECRETO Nº 278 FECHA: 11.03.2021 PUBLICADO: 20.04.2021 ARTICULO 1°.- Establécese la ejecución por cuotas trimestrales de todos los rubros que componen los gastos corrientes del Presupuesto Municipal del Ejercicio 2021. La Secretaría de Economía y Hacienda deberá informar al Departamento Ejecutivo al cierre de cada trimestre, sobre los resultados de la ejecución de recursos y de gastos por objeto y jurisdicción. ARTICULO 2°.- Facúltase a la Secretaría de Economía y Hacienda a coordinar el proceso de ejecución presupuestaria e intervenir en los ajustes y modificaciones, de acuerdo a las disponibilidades financieras y a las atribuciones conferidas precedentemente, así como a la normativa vigente, con el de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 1°. ARTICULO 3°.- EI Departamento Ejecutivo establecerá indicadores económico-financieros de estricto cumplimiento por los organismos descentralizados y autárquicos, cuyo monitoreo y control estará cargo d la Secretaría de Economía y Hacienda. ARTICULO 4°.- Prohíbase la creación de nuevos cargos, cualquiera sea su jerarquía, como así también la asignación de nuevos adicionales o el aumento de los existentes, hasta el 30 de junio de 2021. ARTICULO 5°.- Prohíbase la formalización de nuevos contratos, así sean con o sin aportes, hasta el 30 de junio 2021. ARTICULO 6°.- Prohíbase la formalización de nuevos contratos y la actualización de los existentes, con cooperativas y/o monotributistas por la prestación de servicios, hasta el 30 de junio 2021. ARTICULO 7°.- Dispónese que cada Secretaría deberá instrumentar medidas de reducción del gastos en el Rubro Bienes y Servicios no Personales en un porcentaje no inferior al 15% para lo que resta en el presente Ejercicio. ARTICULO 8°.- Suspéndase la contratación de nuevas pautas publicitarias hasta el 30 de junio de 2021. ARTICULO 9°.- Prohíbase los adelantos de gastos mayores de OCHENTA MIL PESOS ($ 80.000), hasta el 30 de junio de 2021. ARTICULO 10°.- Dispónese que en ningún caso las solicitudes de reintegros que se gestionen podrán superar los CINCUENTA MIL ($ 50.000). ARTICULO 11°.- Dispónese que la iniciación de las contrataciones por expedientes externos, deberá contener un certificado de disponibilidad presupuestaria y financiera expedido por la Secretaría de Economía y Hacienda. ARTICULO 12°.- Establécese que Mesa de Entradas General deberá rechazar los expedientes que no cumplan con los requisitos establecidos en el artículo precedente. ARTICULO 13°.- Establécese que los subsidios personales tienen que estar debidamente fundamentados con la documentación respaldatoria que los avale y en ningún caso deberán superar los TRES MIL ($ 3.000). ARTICULO 14°.- Dispónese que los subsidios destinados a las Instituciones Privadas de cualquier índole, en ningún caso deberán superar los VEINTICINCO MIL ($ 25.000). ARTICULO 15°. Dispónese la suspensión hasta el 30 de junio de 2021 de la formalización de convenios que tengan por objeto la contratación de obras de alumbrado público con la Cooperativa Eléctrica, que no cuenten con autorización previa de la Secretaria de Economía y Hacienda. ARTICULO 16°.- En ningún caso se reconocerán en el presente Ejercicio gastos que no cuenten con la debida imputación preventiva y la autorización de la Secretaria de Economía y Hacienda. ARTICULO 17°.- Instrúyase a la Secretaria de Economía y Hacienda para que mensualmente informe a las demás secretarias sobre el grado de avance de la ejecución del presupuesto 2021, y las disponibilidades financieras hasta el cierre del Ejercicio, a efectos de que puedan planificar la ejecución de sus gastos. ARTICULO 18°.- Invítase al Concejo Deliberante y a los organismos descentralizados y entes autárquicos, a aplicar estas medidas en su propio ámbito. ARTICULO 19°.- Las disposiciones del presente decreto solo podrán ser modificadas por otro decreto, siempre que cuente con la firma de todas las secretarias que componen la Administración Municipal. ARTICULO 20°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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