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TITULO:   Donacion de los Sres. Ipharraguerre Ariel J. y Benitez Juan Gabriel
DECRETO Nº 399 FECHA: 13.04.2021 PUBLICADO : 16.04.2021 ARTICULO 1°.- Acéptese la donación efectuada por los Señores IPHARRAGUERRE Ariel José, D.N.I. N° 30.691.185; BENITEZ Juan Gabriel, D.N.I N° 32.087.561; FURLONG Guillermo Ezequiel, D.N.I N°32.296.144 y BECEIRO María de los Ángeles, D.N.I. N° 32.695.576; SAPORITTIS Alejandro Jesús María, D.N.I. N° 30.691.226; GUY Julio César, D.N.I N° 28.355.701; GIOVENALE Walter Hernán D.N.I N°29.472.276, propietarios del inmueble, plano mensura N° 81207, matrícula N° 141967 del año 2015 correspondiente a la Municipalidad de Concordia, del espacio destinado a calle publica: INMUEBLE: espacio donado, para calle pública, plano de mensura N° 81207 del Departamento Concordia - Municipio de Concordia - Ejido de Concordia - Zonas de Quintas - Quinta 49 - Grupo 627- Sección 0 - Manzana 224 (46 norte -18 oeste), contando con una superficie total de Un mil treinta y cuatro metros cuadrados con cuarenta y nueve decímetros cuadrados (1.034,49m2),cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes: Norte: Recta (1-2).al rumbo S 79° 04'E de 86,60 metros lindando con Miriam Rosana Moreno y otros. -Este: Recta (2-3) al rumbo S 11°00' O de 86,90 metros que linda con calle Feliciano. -Sur: Tres rectas a saber (3-4) al rumbo N 79° 00' O de 6,06 m. lindando con calle Marío H. Gatto; (4-17) al rumbo N 11° 00' E de 80,54 metros lindando con el lote 6 de Ariel José lpharraguerre y Otros; y (17-11) al rumbo N 79° 00'0 de 80,54 metros lindando con los lotes 6, 5, 4, 3, 2 y 1 de Ariel José lpharraguerre y Otros. -Oeste: Recta (11-1) al rumbo N 11°00'E de 6,26 metros que linda con calle Diamante. ARTICULO 2°.-Establécese que los gastos resultantes de la presente tramitación sean a cargo de la Municipalidad de Concordia. ARTICULO 3°.- Facultase al Asesor Legal y Técnico, Dra. María Magdalena Ponti, Matrícula N° 5124 F °140 TI dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, a efectuar las gestiones administrativas y/o judiciales, tendientes a cumplimentar las inscripciones de dominio del inmueble en cuestión. ARTICULO 4°.- Gírese a conocimiento del Departamento Asesoría Legal y Técnica dependiente de la Secretaria de Desarrollo Urbano, debiéndose dar intervención a la Dirección de Catastro, y en su oportunidad a la Dirección de Rentas, ambas dependientes de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas. ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría Jefatura de Gabinete y Gobierno y oportunamente, archívese,
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