DECRETO N° 1311
FECHA: 15.12.2020
PUBLICADO: 16.12.2020
ARTICULO 1°.- AUTORICESE a los comercios afectados a la actividad gastronómica y afines, a tener un máximo de ocho (8) concurrentes sentados por mesa, al aire libre, y cuatro (4) concurrentes sentados por mesa, en el interior del comercio, debiendo además ajustar su funcionamiento al estricto cumplimiento de los Protocolos vigentes.
ARTICULO 2°.- La Municipalidad de Concordia, junto a las, autoridades nacionales y provinciales competentes, se reserva el derecho de revocar la presente medida en caso de incumplimiento.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archives.