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TITULO:   Jubilación
DECRETO Nº 28300/1995 FECHA: 15.12.1995 PUBLICADO:12.01.1996 ARTICULO 1º.- Dispónese que a partir del día de la fecha, todo aquel servidor público que cuente con la antigüedad y los años de aporte exigidos para acogerse a los beneficios de la jubilación, deberán efectuar los trámites pertinentes ante la dependencia municipal correspondiente.-
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