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TITULO:   Desgravacion 100% de Tasa Comercial de varios rubros
DECRETO Nº 686 FECHA: 17.06.2020 PUBLICADO: 26.06.2020 ARTICULO 1°.- Establécese para los contribuyentes que a la fecha de la presente se encuentren habilitados en los rubros: AGENTES DE TURISMO (COD. 71911001); EMPRESAS DE TURISMO (COD. 71911002); ESPARCIMIENTOS EN GENERAL: CANCHAS DE PADDLE, ETC. (COD. 94902602); SERVICIOS DE DIVERSION y ESPARCIMIENTO Y SERVICIOS (COD. 94000000); SERVICIOS DE DIVERSION y ESPARCIMIENTO NO CLASIFICADO (COD. 94900000); SERVICIOS DE DIVERSION y ESPARCIMIENTO NO CLASIFIC. (COD. 94909400); SALON DE FIESTAS. (COD 95999413); JARDIN DE INFANTES (COD 93100001); DISCOTECAS Y SALONES DEBAILE. (COP 94901900), una desgravación del cien por ciento (100%) en la Tasa Comercial, cuando los montos a pagar por los anticipos 04, 05 y 06 del 2020, por aplicación del Artículo 21° de la Ordenanza tributaria N° 37.096/19 no superen el mínimo general. ARTICULO 2°.- Dispónese que los importes ya abonados por los contribuyentes contemplados en el Artículo 1° del presente sean acreditados a cuenta del próximo vencimiento a operarse por el tributo respectivo. ARTICULO 3°.- Remítase el presente al Honorable Concejo Deliberante para su ratificación. ARTICULO 4°.- Notifíquese, publíquese, Regístrese y oportunamente archívese.
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