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TITULO:   Franja Horaria Actividades Fisicas
DECRETO N° 848 FECHA: 29.07.2020 PUBLICADO: 31.07.2020 ARTICULO 1°.- AUTORIZASE en la ciudad de Concordia, en la franja horaria que va desde las 08:00 hasta las 20:00 horas, el desarrollo de las actividades físicas y/o deportivas que se detallan a continuación: - Bochas - Tenis de Mesa - Ajedrez - Atletismo - Patín Artístico y Carrera - Motociclismo y Automovilismo - Beach Voley - Pádel (en cancha cerrada) - Pelota paleta (en cancha cerrada) - Gimnasia Deportiva - Natación - Esgrima ARTICULO 2°.- ESTABLECESE que el desarrollo de las actividades físicas y/o deportivas permitidas, debiendo ajustar su funcionamiento al estricto cumplimiento del Protocolo que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto. ARTICULO 3°.- La Municipalidad de Concordia, junto a las autoridades nacionales y provinciales competentes, se reserva el derecho de revocar la presente medida en caso de incumplimiento.- ARTICULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese. ALFREDO DANIEL FRANCOLINI Vicepresidente Municipal a/c Presidencia Municipal OSCAR FERNANDO BARBOZA Secretario de Coordinación de Gestión ANEXO I Actividades físicas y deportivas individuales y/o bajo número de participantes, sin contacto e incluso en espacios cerrados (solo entrenamientos) - PADEL (canchas cerradas) - TENIS (dobles) - PELOTA PALETA Y A MANO (canchas cerradas) - PATIN CARRERA - PATIN ARTISTICO - TENIS DE MESA - BOCHAS - ATLETISMO - AJEDREZ - GIMANISIA DEPORTIVA - MOTOCICLISMO - AUTOMOVILISMO - BEACH VOLEY - NATATORIOS Las habilitaciones para la realización estarán a cargo por parte del COES. Recomendaciones a los COES locales para evaluación de protocolos. Los protocolos que se presenten de las distintas actividades para ser habilitadas por el municipio deben contar con: A. A) Información sobre higiene en general y sobre covid en particular (síntomas, contagio, modos de evitarlo). Esta información es vital para que los deportistas conozcan los riesgos y cómo evitarlos. B) Precisiones sobre medidas de distanciamiento en distintos momentos y lugares del espacio laboral o recreativo. Sé puede evaluar si se consideran estas medidas para cada sector que se utilice en la práctica del deporte estudiado. C) Descripciones sobre desinfecciones (tipos de desinfectantes, modos y periodicidad de uso, identificación de superficies expuestas). D) Elementos de Protección Personal (tipos, momentos y lugares de usos de cada uno de ellos, provisión). E) Especificidades de la actividad propuesta. Es para el caso en que el deporte estudiado tenga alguna particularidad que deba mencionarse con las medidas de prevención correspondientes. F) Protocolo especifico de casos sospechosos en el ámbito de la actividad. Todo protocolo debe considerar un mecanismo para aislar a personas sospechosas de covid dentro de los predios en donde se practiquen los deportes, un contacto de autoridad sanitaria cercana y un modo de actuar en cuanto a protección, distanciamiento, atención de la persona y desinfecciones especiales en los espacios frecuentados. Cada club tendrá la potestad de decidir la apertura o no de las actividades, en relación a las posibilidades que presentan sus instalaciones. Todo cambio en el status sanitario hacia algunas de las caracterizaciones epidemiológicas ya mencionadas se procederá a dejar sin efecto los permisos para este grupo de actividades. RECOMENDACIONES GENERALES Medidas Generales: • Tapabocas o protector facial: De uso obligatorio para todos los deportistas, en su arribo a la institución o predio, y para todo otro personal que se encuentre en el. • Higiene: será obligatoria la disponibilidad de alcohol en gel o solución alcohólica al 70% para uso de los deportistas. • Distanciamiento: todos los deportistas deberán mantener una distancia mínima de 2mts entre ellos durante toda la jornada de entrenamiento y uso de espacios comunes. • Objetos de uso personal: Todos los objetos de uso personal, vasos, mate, prendas de vestir, etc, serán de uso exclusivo de cada deportista, no pudiendo compartir ninguno de estos objetos y cuidando en todo momento la higiene de los mismos. • Desinfecciones: Se debe establecer responsabilidades para la desinfección frecuente con solución diluida de lavandina (o semejante) en toda superficie común, así como disponer de alfombrillas embebidas en lavandina diluida al ingreso alas predios deportivos. • Horarios y lugares: cada municipio podrá establecer días, horarios y lugares para el entrenamiento de la actividad en cuestión, en función de lograr mejores condiciones para el cumplimiento del distanciamiento social. Grupos de Riesgo Queda prohibido a los mayores de 60 años la realización de estas actividades por tratarse de grupo de riesgo como así también aquellos que presenten antecedentes por afecciones respiratorias, cardiacas o de otra índole que generen un riesgo adicional ante un contagio, estos últimos deberán presentar un certificado de aptitud física firmado por un profesional de la medicina en caso de querer desarrollar la actividad. • Proceder a la desinfección del sanitario luego de cada utilización; • Limpiar y desinfectar pisos y paredes de sanitarios/vestuarios utilizando para ello un desinfectante doméstico que contenga lavandina con concentración de 55 gr/litro diluida (lO ml ó 2 cucharadas soperas de lavandina en 1 litro de agua). De utilizar una lavandina comercial con concentración de 25 g/l, colocar él doble volumen de lavandina para lograr una correcta desinfección, preparado el mismo día que se va a utilizar: La lavandina diluida debe utilizarse dentro de las 24hs dado que pierde su efectividad. Llevar el correspondiente registro. De las Instituciones deportivas: • Cada establecimiento organizara la actividad de los deportistas utilizando el sistema de turnos, evitando las aglomeraciones de personas y garantizando el distanciamiento mínimo establecido en las presentes recomendaciones. • Cada institución o establecimiento deberá disponer ACCESOS DIFERENCIADOS para quienes ingresen con sus TURNOS, previamente otorgados. El acceso será "de tránsito" hacia el lugar de la actividad. Todas las demás dependencias permanecerán cerradas y vedado el acceso. • A efectos de garantizar el, respeto de los ingresos con turno y la duración máxima de la práctica, se determinará un responsable o responsables.- • Los sanitarios de las instituciones en donde se realicen actividades deportivas habilitadas deberán contar con un responsable de limpieza que controle el cumplimiento de las pautas de higiene y desinfección indicadas a continuación: Según protocolo de cada actividad, las restricciones generales son: • PÁDEL: canchas cerradas con ambientes ventilados y protocolo por decreto 787. • TENIS: hasta 4 personas por turno, siempre respetando las entradas diferenciadas para esta actividad. • PATINCARRERA: Individual en espacios abiertos. • PATIN ARTISTICO: (grupos de hasta 5 personas por turno) en Instituciones con protocolos habilitados. • TENIS DE MESA: una mesa y 2 participantes por turno, en cada salón. • BOCHAS: Modalidad pareja, en Instituciones con protocolos habilitados. • ATLETISMO: Entrenamiento en pista de no más de 10 personas, en lanzamientos y saltos no más de 3 personas. Prioridad a los atletas de nivel internacional. En lugares que los municipios dispongan para la práctica de la actividad. • AJEDREZ: en salones ventilados, con no más de una mesa cada 16metros cuadrados. • GIMNASIA DEPORTIVA: Entrenamientos con grupos de hasta 5 Deportistas, en lugares ventilados, y especial énfasis en medidas de desinfección preventiva entre turnos. • BEACH VOLEY: en espacios abiertos, hasta 4 personas y por turnos. • PELOTA PALETA Y MANO: Disciplinas como Frontball, onewall manito y vazca, en canchas con ambientes ventilados. • ESGRIMA: en espacios ventilados y de a dos personas por turnos. • NATACIÓN: para mayores de 12 años con niveles de entrenamiento avanzado o en etapa competitiva / pre competitiva bajo protocolo aprobado de la Federación Entrerriana de Natación. El número de nadadores por período de entrenamiento es acorde a la cantidad de andariveles disponibles y considerando un sector seco paralelo acorde se propone en dicho protocolo. También estarán permitido en natatorios: • Cursos de acquaerobic / acuagymen donde el instructor se encontrará fuera del agua. • Clases -individuales y entrenamiento personal, también con el instructor fuera del agua. • Actividades individuales con personas con discapacidad: instructor en el agua con máscara protectora. Es aconsejable proporcionar Clases o cursos solo con reserva u horarios previamente establecidos, y agendados (por día, semana y horario) y, en cualquier caso, un número limitado de personas que garantice el cumplimiento de las distancias de seguridad adecuada considerando 4 m2 por persona.
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